La ayuda para las personas desempleadas es la prestación por desempleo, es decir, el paro. Pero para poder cobrarlo es necesario haber trabajado, o lo que es lo mismo, haber cotizado.
La norma genera es que para cobrar una ayuda por desempleo, hay que haber cotizado antes.
Para la prestación contributiva por desempleo (paro) se necesitan al menos 360 días, y en función de los días cotizados la prestación tendrá una duración.
Pero, qué pasa si no he cotizado lo suficiente o si no he trabajado nunca, ¿Tengo derecho a alguna ayuda? Este es una de las preguntas que se hacen muchas personas que no han cotizado lo suficiente.
En los casos que hay menos cotizaciones y carencia de rentas, es posible solicitar una ayuda. Se trata del subsidio por insuficiencia de cotización, por la que se cobra una ayuda de 3 a 21 meses dependiendo de la situación familiar.
Además de estas prestaciones, el Gobierno dispone de una serie de ayudas o subsidios para aquellos que no han cotizado. En este artículo te explicaremos cuáles son, qué requisitos hay que cumplir y como acceder a estas ayudas.
Ayudas que puedes solicitar sin haber cotizado
Para poder cobrar una ayuda sin haber cotizado por desempleo se deben cumplir alguno de los siguientes casos.
- Ser víctima de violencia de género o violencia doméstica. En este caso pueden solicitar la Renta Activa de Inserción, la cual explicamos detalladamente en este artículo cómo se solicita la RAI.
- Ser emigrante retornado. Aquellos españoles que han trabajado en el extranjero y regresan a España tienen derecho al subsidio por retorno. Más información aquí.
- Personas liberadas de prisión. Con el objetivo de reinsertarlos en la sociedad, el SEPE ofrece esta ayuda para aquellas personas que se han visto sometidos a una pena privativa de libertar superior a 6 meses.
- Revisión por una incapacidad permanente. Esta ayuda está pensada para aquellas personas que cobraban una pensión por incapacidad y se les ha retirado por haber mejorado en su salud. Toda la información para solicitarla aquí.
Ingreso Mínimo Vital o Renta mínima Vital
Otra opción dispone es solicitar el Ingreso Mínimo Vital, esta ayuda es de reciente creación del gobierno, que tiene como objetivo luchar contra la pobreza. Además, esta ayuda, a diferencia de otras, es compatible con otros ingresos, incluso con un trabajo. Para poder solicitarla es necesario cumplir los siguientes requisitos:
- Tener residencia en España.
- Estar en situación de vulnerabilidad económica. Se entiende que se está en vulneración económica si las rentas son inferiores a la cuantía a la que se tendría derecho por su unidad familiar.
- También es necesario tener entre 23 y 65 años o menos de 23 años con hijos a cargo. También pueden acceder a esta ayuda las personas de entre 18 y 22 años que provengan de centros residenciales de protección de menores.
- Igualmente, lo pueden solicitar las mujeres mayores de edad, víctimas de violencia de género o víctimas de trata de seres humanos y explotación sexual. Así como las personas sin hogar.
Si quieres saber si puede ser beneficiario, la Seguridad Social dispone de un simular del Ingreso Mínimo Vital en su web.
No cometas este error al solicitar el Ingreso Mínimo Vital 2022
Renta Mínima de inserción
Las comunidades también dispone de sus propias rentas mínimas de inserción. A diferencia del IMV, no son compatibles con otros ingresos, no obstante, muchas de ellas han sido modificadas para hacerlas compatible con el ingreso mínimo vital.
Estas rentas están destinadas a aquellas personas sin ingresos y en riesgo de exclusión social. Cada Comunidad Autónoma establece la cuantía a cobrar en función de la situación familiar de la persona que lo solicita.
Para solicitarla se debe acudir a los servicios sociales del Ayuntamiento o Comunidad Autónoma. Más información.
Ayudas en la jubilación
Algunas personas llegan a la edad de jubilación y no han cotizado lo suficiente para pedir una pensión contributiva, también hay ayudas en la jubilación.
Se trata de la pensión o contributiva. Para acceder a ella es necesario haber cumplido la edad legal de jubilación y haber residido en España durante al menos 10 años. Además, se deben tener ingresos inferiores a 5.108 euros al año.
En el caso de convivir con familiares, la suma de las rentas o ingresos anuales de todos los miembros de la unidad de convivencia deben ser inferiores a las siguientes cuantías.
- Dos convivientes: menos de 9.415,28 euros.
- Tres convivientes:13.292,16 euros.
- Cuatro o más convivientes: 17.169,04 euros.
La cuantía asciende si entre los parientes consanguíneos con los que se convive se encuentran padre o hijos
- Dos convivientes: 23,538,20 euros.
- Tres convivientes: 33.230,40 euros.
- Cuatro o más convivientes: 42.922,60 euros.
La cuantía a cobrar de una pensión no contributiva es de 105,35 euros y la máxima 421,40 euros. Pero si dentro de una misma familia conviven más de un beneficiario, la cuantía individual para cada uno de ellos es la siguiente:
- Dos beneficiarios: 358,198 euros.
- Tres beneficiarios: 337,12 euros.
Si quieres más información para solicitar una pensión no contributiva, debes acceder a la web del Imserso.