Esta prestación tiene como objetivo proveer de unos ingresos a los trabajadores que no pueden solicitar el paro.
Para cobrar la prestación por desempleo (paro) es necesario tenerĀ Ā 360 dĆas cotizados sin consumir (no usados para pedir una prestación) en losĀ Ćŗltimos 6 aƱos.
Pero, ĀæQuĆ© pasa si no llego a 360 dĆas por unos dĆas?. Para estas situaciones existe un subsidio paraĀ aquellosĀ desempleados que no han llegado a cotizar los 360 dĆas,Ā el llamado subsidio por insuficiencia de cotización o Ā«mini subsidioĀ«. Aunque de manera oficial se conoce por subsidio por pĆ©rdida de empleo.
Es una ayuda 430,27 ā¬/mes 451,92 euros,Ā en 2022 la cuantĆa ha vuelto a subir hasta los 463,21 euros. Se cobra dependiendo del tiempo que se ha cotizado y de sĆ la persona desempleada tiene oĀ no responsabilidades familiaresĀ (hijos o bien cónyuge a su cargo).
Las cotizaciones que tiene amontonadas en ese instante el trabajador se usan para poder cobrar esta ayuda, de tal modo que el ācontador de cotizacionesā se pone a cero, a cambio se recibe un subsidio. Hay que hacer nĆŗmeros, por consiguiente, y ver si interesa cobrar este subsidio, consumiendo las cotizaciones, o no solicitarlo y aguardar a tener un aƱo de cotización amontonada y entonces solicitar la prestación contributiva.
¿Durante cuÔnto tiempo se cobra?
El tiempo que dura este subsidio varĆa segĆŗnĀ la situación del desempleado:
SI EL TRABAJADOR TIENE RESPONSABILIDADES FAMILIARES
- Si se ha cotizado a lo largo de tres, cuatro o bien cinco meses y se tienen responsabilidades familiares (cónyuge o bien hijos a cargo) el subsidio va a ser de tres, cuatro o bien cinco meses respectivamente.
- Si se ha cotizado entre seis y doce meses y se tienen responsabilidades familiares el subsidio va a tener veintiún meses de duración (se entrega en un inicio por 6 meses y después hay que ir solicitando las prórrogas cada 6).
Cuando se tiene familia a cargo, con 5 meses de cotización se estÔ en su derecho a cinco meses de subsidio, mÔs con seis meses de cotización, se estÔ en su derecho a veintiuno meses. La diferencia es notable. Asimismo es esencial saber que tener el cónyuge a cargo asimismo es considerado responsabilidad familiar.
SI EL TRABAJADOR NO TIENE RESPONSABILIDADES FAMILIARES
- PrecisarÔ tener amontonados por lo menos seis meses de cotizaciones que no haya consumido. El subsidio va a tener seis meses de duración.
- Si las cotizaciones amontonadas son de doce o bien mÔs meses, con o bien sin responsabilidades familiares, entonces debe pedirse obligatoriamente la prestación contributiva por desempleo.. En cualquier caso, cuando se solicita este subsidio por cotización deficiente, las cotizaciones que se emplean para solicitarlo se consumen, esto es, no se pueden regresar a emplear en el futuro para otras posibilidades.
Requisitos que se deben cumplir.
Las personas interesadas deben cumplir los siguientes requisitos:
- Estar desempleado/a y en situación legal de desempleo.
- Anotarse como demandante de empleo (apuntarse al paro) en el plazo de quince dĆas desde la situación legal de desempleo y subscribir el Compromiso de Actividad.
- No tener amontonado el periodo mĆnimo de cotización de 360 dĆas que darĆa derecho a percibir una prestación contributiva.
- Tener cotizados, en un rƩgimen de la Seguridad Social que contemple la contingencia de desempleo, por lo menos tres meses si tiene responsabilidades familiares, o seis meses si no las tiene.
- Carecer de rentas, de cualquier naturaleza, superiores al 75% del sueldo mĆnimo interprofesional. Si solicita el subsidio con responsabilidades familiares, hay una comprobación adicional, se medirĆ” si la media de los ingresos de su unidad familiar tampoco supera este porcentaje.
- Si la persona trabajadora tuviese derecho al āSubsidio por desempleo para trabajadores mayores de cincuenta y cinco aƱosā percibirĆa este.
Plazo para solicitarlo en el SEPE.
El plazo para pedir este subsidio es de 15 dĆas hĆ”biles, a partir de la fecha de fin de contrato, despido, etc. Se deberĆ” entregar la siguiente información.
- Modelo oficial de solicitud que incorpora la declaración de rentas de la persona demandante y de los familiares que convivan con ella o bien estén a su cargo, los datos de domiciliación, el compromiso de actividad y la autorización de solicitud de información a la AEAT (Hacienda).
- Documentos de identificación de la persona demandante y de los hijos o bien hijas que conviven con ella o bien estén a su cargo y que figuren en la petición.
- Documento Nacional de Identidad (documento nacional de identidad)/Tarjeta de identidad de extranjero.
- Libro de familia o bien documento equivalente en el caso de extranjeros.
- Certificado de empresa en el que se acredite la situación legal de empleo.
- Solo en aquellas situaciones en el que el certificado de empresa no fuese suficiente para acreditar la situación legal de desempleo, documento que la pruebe.
- Ćnicamente cuando lo solicite la oficina de empleo, un justificante de las rentas.
El SEPE resolverĆ” la petición en los quince dĆas siguientes a su presentación. Caso de que le reconozcan la ayuda, le mandarĆ”n un escrito a su domicilio en el que se detalla la duración, la base reguladora, la entidad, fecha del pago….Ā Y de lo contrario, si se rechaza, se le comunicarĆ”n los motivos de la no concesión y va a poder elaborar alegaciones.
MĆS INFORMACIĆN:
Hoja informativa del subsidio por desempleo