¿No acudir 3 días al trabajo para provocar el despido y poder cobrar paro es una buena alternativa a la baja voluntaria?

Ningún trabajador está atado en su puesto de trabajo, la esclavitud en ese sentido ya no existe (dejando a un lado las condiciones laborales ofrecidas por los ‘negreros’). Si no estás cómodo en tu trabajo, siempre puedes coger la puerta y marcharte. No obstante, esta opción no suele barajarse por un importante detalle y es que una baja voluntaria, además de no cobrar indemnización, no da derecho a paro.

Por eso mismo, muchos trabajadores buscan fórmulas para dejar la empresa voluntariamente, pero tener derecho a paro. La más habitual es pactar un despido disciplinario, vamos lo que de toda la vida se conoce como arreglar los papeles para cobrar el paro. Pero a veces esta opción no es viable, porque lógicamente hace falta la colaboración de la empresa y si no está por la labor ¿qué opciones hay?

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Aquí es cuando entra el planteamiento de si no quiere llegar a un acuerdo, lo obligaré a despedirme buscando el despido disciplinario. A fin de cuentas un despido disciplinario te vas solo con el finiquito (que no es indemnización) pero al menos tienes derecho a cobrar el paro a diferencia de la baja voluntaria. La vía más fácil para conseguir es faltar al trabajo.

Faltar al trabajo 3 días para ser despedido

Si miramos el artículo 54 del Estatuto de los Trabajadores, vemos que entre las causas para ‘provocar’ un despido disciplinario están las faltas repetidas e injustificadas de asistencia o puntualidad.

Pero claro, cuántos días tengo que faltar al trabajador para provocar mi despido, con 3 días sería suficiente, con 4 o tengo que irme una semana para que mi jefe se cabree y decida despedirme.

Aquí entra en juego los convenios colectivos y el principio de tipicidad. Los convenios o la propia dirección debe informar a los trabajadores de las consecuencias de sus infracciones. Esto quiere decir que hay convenios en los que faltar 3 días al trabajo en un mes ya se considera una infracción muy grave que puede ser sancionado con el despido y en otros por ejemplo puede que las 3 faltas solo sea una infracción grave sin poder ser sancionado con despido. Si estás planteándote esto, tendrás que mirar el convenio colectivo.

¿Si me despiden por faltar al trabajo tengo derecho a paro?

Para cobrar el paro, el Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE) pide dos requisitos fundamentales:

  • El primero es que la relación laboral se haya extinguido de forma involuntaria por parte del trabajador. Es decir, que sea por despido, fin de contrato temporal o por no superar el periodo de prueba. Cuando el contrato se rompe por una de estas causas, es lo que se conoce como estar en situación legal de desempleo.
  • El segundo, y no menos importante, es tener al menos 360 días cotizados por desempleo. Si no tienes esto, por mucho que provoques tu despido, no vas a poder cobrar el paro. Aunque lo mismo sí podrías pedir el subsidio por insuficiencia de cotización.

De modo que si provocas tu despido, para ojos del SEPE sí tendrías derecho a cobrar prestaciones por desempleo.

Las consecuencias de provocar el despido faltando al trabajo para cobrar el paro

Hasta aquí todo parece bonito y maravilloso y lo ves todo muy fácil, pero hay un detalle y es intentar colarle un gol en el último minuto del partido a una Administración del Estado. No creas que con este truco no puedes recibir una carta sorpresa y no con buenas noticias.

Los despidos disciplinarios por faltar al trabajo tan seguidos ya están muy vigilados tanto por el SEPE como por la Inspección de Trabajo y desde luego no van a permitir que te lleves dinero así sin más.

Como vean indicios de que tu despido ha sido provocado, van a intentar verificarlo para quitarte la prestación por desempleo. Y ojo, porque como la Inspección de Trabajo le diga al SEPE que tu despido fue provocado y que es en realidad una baja voluntaria encubierta, te van a suspender el paro y reclamarte el dinero y lo mismo ni podrían demostrarlo.

Como te llegue la carta, aquí vas a tener un problema serio, porque tienes dos vías, aceptar que lo has hecho o bien presentar una reclamación por la vía administrativa. Pero ya te digo yo, que esa reclamación, tal y como llegue, irá a la basura.

Y entonces la única vía que te queda es ir a juicio, y ya sabes, eso es contratar a un abogado para que te lleve el caso, con los gastos que eso suponga. Eso, si será el SEPE y la Inspección de Trabajo los que tengan que presentar las pruebas para verificar que realmente provocaste el despido como una artimaña para no pedir la baja voluntaria y poder cobrar el paro.

Hay sentencias sobre estos trucos que han dado diferentes resultados. Por un lado, hay casos en los que una trabajadora tuvo que devolver más de 17.000 euros y por otro hay un caso en el que la Inspección de trabajo y el SEPE no lo pudieron probar.

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