viernes 19 abril 2024

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Arreglar los papeles para cobrar el paro en una baja voluntaria puede salir caro

Pedir a la empresa que arregle los papeles para el paro no es legal y trae consecuencia.

Seguramente habrás oído en más de una ocasión sobre el tema de pedir la baja voluntaria y cobrar el paro, algo que para muchos es desconocido. Como ya sabrás para cobrar el paro hay que tener al menos 360 días cotizados en los últimos 6 años, pero además hay que estar en situación legal de desempleo.

Esta situación se da cuando la perdida del empleo se da por causa ajena al trabajador, ya sea un despido, fin de contrato, ERE, etc.  Entonces, ¿Cómo se puede cobrar prestaciones tras una baja voluntaria?

Para que un trabajador que se marcha de la empresa voluntariamente, pueda cobrar el paro, el motivo de su renuncia es por incumplimientos de la empresa. Por ejemplo, que la empresa pague con retraso durante un periodo considerable las nóminas, que la empresa realice cambios sustanciales en las condiciones del trabajador, etc.

En estos casos, el trabajador puede solicitar la baja voluntaria y cobrar el paro. Luego está lo que se conoce como ‘arreglar el paro‘, una opción que es totalmente ilegal.

Arreglar el paro en una baja involuntaria es ilegal

Una cosa es pedir a la empresa que te arregle los papeles para el paro y proceda a enviar el certificado de empresa al SEPE. Aunque en realidad se le está pidiendo que cumpla con su obligación. Otra muy distinta es que lo haga para que puedas cobrar el paro de forma ilegal.

Esto es un fraude al Servicio Público de Empleo Estatal y por supuesto tiene consecuencias.

Aumentar la indemnización por despido improcedente
Trabajador recibiendo la carta de despido y la indemnización | Foto Pressfoto Freepikcom

¿Qué es arreglar el paro?

Arreglar el paro es cuando un trabajador quiere irse de la empresa por voluntad propia y pide a su empresa que le realice un despido disciplinario falso y así cobrar el paro.

La razón de un despido disciplinario es porque este tipo de despido no conlleva indemnización, por lo que en lo económico, a la empresa no le afecta, ya que tendrá que pagar el mismo finiquito tanto si es una baja voluntaria como un despido disciplinario.

Quien sale más beneficiado, lógicamente, es el trabajador que podrá cobrar prestaciones por desempleo, puesto que estaría en situación legal de desempleo.

Estos acuerdos entre empresario y trabajador por el que se realiza un despido falso están totalmente prohibidos por la ley, ya que se trata de un fraude a la Seguridad Social.

¿Cómo detecta la administración que se puede tratar de un fraude?

Uno de los principales motivos de sospecha es que el trabajador no reclame el despido. Por esa razón, en algunas ocasiones el SEPE incluso puede solicitar la papeleta de conciliación, aunque rara vez lo hace, por no decir casi nunca.

También puede sospechar que el trabajador solicite la capitalización del paro para montar su propio negocio, etc.

¿Qué consecuencias tiene arreglar el paro?

Para el trabajador, este intento de fraude tiene como consecuencia principal, la extinción de la prestación y a la devolución de las cantidades indebidamente percibidas. Incluso podría ser excluido de poder solicitar prestaciones o ayudas de fomento del empleo durante un año.

La cosa se pone más dura para la empresa, pues sería sancionada con una multa de entre 3.005,07 euros y un máximo de 90.151,82 euros. Aunque con la reforma legal, este tipo de fraudes ya no solo son una infracción administrativa, sino también penal

El artículo 307 ter del Código Penal lo deja muy claro: ‘Quién obtenga, para sí o para otro, el disfrute de prestaciones del Sistema de la Seguridad Social, la prolongación indebida del mismo, o facilite a otros su obtención, por medio del error provocado mediante simulación o tergiversación de hechos, o bien la ocultación consciente de hechos de los que tenía el deber de informar, causando con ello un perjuicio a la Administración, será castigado con la pena de 6 meses a 3 años de prisión‘.

Eso sí, dependiendo de la cuantía defraudada, podrá ser más o meno tiempo o incluso ser sustituido por una multa. Además, se perderá la posibilidad de recibir subvenciones o beneficiarse de bonificaciones y otros beneficios durante ese tiempo.

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