Una mañana de trabajo en una caja de Leroy Merlin terminó con 550 euros desaparecidos, un despido disciplinario y una batalla judicial. Dos personas consiguieron distraer a una trabajadora mientras atendía a otros clientes y aprovecharon un momento en el que tenía abierta la caja para llevarse el dinero. La empresa responsabilizó a la empleada de lo ocurrido y acabó despidiéndola.
Las cámaras de seguridad habían grabado la escena y en ellas se podía ver cómo actuaron el hombre y la mujer que se acercaron a las cajas y cómo la empleada trataba de continuar atendiendo a los clientes. Gracias a esa cámara la Justicia ha confirmado que aquella trabajadora fue víctima de un engaño cometido por terceros y que la sanción que recibió fue desproporcionada. Ahora Leroy Merlin tendrá que readmitirla al declararse el despido nulo y pagarle, además, 10.001 euros por vulneración de derechos fundamentales.
Dos personas se acercaron a las cajas de Leroy Merlin y comenzaron a distraer a las trabajadoras
La historia comenzó el 25 de septiembre de 2025 una de las tiendas que tiene Leroy Merlin en el País Vasco. La trabajadora llevaba en la empresa desde febrero de 2004, por lo que llevaba más de 21 años trabajando en la compañía a jornada completa, aunque desde 2011 disfrutaba de una reducción de jornada del 12,50% por guarda legal que luego aumento al 23,87%. Ocupaba el puesto de asistente de relación con el cliente y entre sus funciones estaba atender las cajas y realizar los cobros. Aquella mañana se encontraba trabajando en una de las cajas convencionales para pagos en metálico. En la caja contigua había otra compañera cuando un hombre con una camisa blanca y una mujer se acercaron a la zona.
La pareja había permanecido unos segundos alrededor de las cajas antes de avanzar. El hombre cogió unas pinzas de tender ropa que costaban 1,09 euros y ambos fueron atendidos inicialmente por la compañera que estaba en la caja cercana. Mientras realizaban aquella pequeña compra, el hombre comenzó a sacar y contar varios billetes de 50 euros. Primero trató de captar la atención de la otra cajera y después se acercó a la trabajadora que acabaría siendo víctima del engaño y despedida.
Ella estaba cobrando a otros clientes y tenía el cajón abierto, aunque al darse cuenta de la cercanía y la insistencia del hombre, cerró la caja. Sin embargo, todavía no había terminado de atender a las personas que tenía delante y tuvo que volver a abrirla para continuar con los cobros.
Fue en ese momento aprovechando que la caja estaba abierta cuando el hombre consiguió acceder al dinero y guardarse rápidamente varios billetes. Poco después, él y la mujer abandonaron la zona. La empleada siguió trabajando y el problema no se descubrió hasta mucho más tarde, cuando se realizó el arqueo al finalizar el turno de tarde.
A las 21:57 horas apareció un descuadre de 550 euros en la caja en la que había trabajado aquella mañana. A partir de ahí comenzó una revisión interna para averiguar dónde estaba el dinero. Al día siguiente se comprobaron las retiradas de efectivo realizadas por la empresa encargada del servicio y esa posibilidad quedó descartada. Días después se revisó también el control de la caja sin encontrar inicialmente una explicación. Finalmente, Leroy revisó las cámaras de seguridad y comprobó que efectivamente esas dos personas que estaban merodeando las cajas se habían llevado el dinero.
Pese a que se trató de un robo de terceros, el 14 de octubre, Leroy Merlin le comunicó la apertura del trámite de audiencia y le concedió dos días hábiles para explicar lo ocurrido. La trabajadora respondió que no había podido acceder a las grabaciones y defendió que, en todo caso, ella había sido víctima de un engaño y no colaboradora de las personas que se llevaron el dinero.
También pidió que se archivara el expediente. Un día después de presentar sus alegaciones informó a la empresa de que se encontraba en situación de incapacidad temporal.
Sin embargo, Leroy Merlin le comunicó su despido disciplinario el 17 de octubre de 2025 por medio de un burofax. En la carta de despido la acusaban de cometer una falta grave de diligencia en la custodia y control del dinero y la empresa consideró que su comportamiento suponía una transgresión de la buena fe contractual y un abuso de confianza.
La trabajadora llevó su despido ante la Justicia
Tras recibir la carta, la empleada inició el procedimiento para impugnar su despido, primero presentado la papeleta de conciliación como paso previo a presentar la demanda si no se alcanzaba un acuerdo, algo que no ocurrió y el caso terminó en los juzgados. Su defensa se basaba en que la conducta que le atribuía Leroy Merlin no estaba justificada, señalando que había sido víctima de un engaño y que, por tanto, su despido no estaba justificado. Además, dado que estaba disfrutando de una reducción de jornada por guarda legal, solicitaba que su despido fuera declarado nulo al encontrarse en esta situación protegida ante despidos injustificados como señala el artículo 55.5 del Estatuto de los Trabajadores.
El juzgado analizó tanto lo ocurrido en la caja como la situación laboral de la empleada y le dio la razón a la trabajadora declarando el despido nulo y obligando a Leroy Merlin a readmitirla en las mismas condiciones que tenía antes de ser despedida. Además, la empresa también fue condenada a pagarle los salarios de tramitación y una indemnización de 10.001 euros al apreciar una vulneración de su derecho fundamental a la no discriminación.
Leroy Merlin recurrió esa decisión ante el Tribunal Superior de Justicia del País Vasco, defendiendo que la protección asociada a la conciliación familiar no podía llevar automáticamente a considerar que había existido una vulneración de derechos fundamentales.
Las imágenes no mostraban una conducta desleal de la trabajadora
El TSJ del País Vasco volvió a poner el foco en lo que había sucedido realmente aquella mañana y al igual que el Tribunal de Instancia consideraron que la actuación de la empleada no mostraba intención de perjudicar a la empresa y las grabaciones tampoco permitían apreciar una colaboración con las personas que se llevaron el dinero.
Lo que mostraban era el engaño sufrido por la trabajadora a raíz de la actuación de terceros. Con ese punto de partida, el tribunal considera que el despido fue una respuesta desproporcionada y que la empresa no justificó suficientemente la decisión adoptada. Por eso en su sentencia 1739/2026 (STSJ PV 2457/2026) confirma la nulidad del despido y también mantuvo el pago de los 10.001 euros de indemnización por la vulneración de derechos fundamentales.

