Desde que saliera la conocida sentencia del Tribunal Supremo sobre que si tu día de descanso cae en festivo la empresa te lo tiene que compensar, muchos trabajadores miran más el calendario laboral para ver si pueden reclamarle a la empresa. Sin embargo, que un festivo caiga en un sábado como ocurre este 15 de agosto de 2026 no significa que dé derecho automáticamente a que la empresa debe compensárselo con otro día de descanso o que incluso se libre el lunes como ocurre cuando un festivo cae en domingo y se traslada al lunes.
El artículo 37 del Estatuto de los Trabajadores reconoce hasta 14 fiestas laborales al año, retribuidas y no recuperables. Cada año el BOE publica el calendario laboral con los días festivos, por lo que las empresas pueden organizar mejor los días de descanso de sus trabajadores.
El 15 de agosto es mi día de descanso y también es festivo ¿Lo pierdo?
Aquí entra en juego lo que ha dicho el Tribunal Supremo y también la Audiencia Nacional. En el caso de los trabajadores cuya jornada laboral se distribuye de lunes a domingo, si su día de descanso coincide con un día festivo como por ejemplo este sábado, la empresa se lo tiene que devolver/compensar.
Así lo estableció el Tribunal Supremo en su sentencia STS 2062/2025 (el famoso caso de Zara que tanto se viralizó) reconoció el derecho de los trabajadores con jornadas distribuidas de lunes a domingos a recompensar ese día de descanso semanal cuando este se solapa con un día festivo. Es fácil de explicar y pongamos de ejemplo este mismo sábado 15 de agosto.
Seis trabajadores de la misma empresa esta semana disfrutan de su día de descanso, uno lo hace el lunes, otro el martes, otro el miércoles, así hasta llegar al sábado cuando a este último resulta que su día de descanso coincide con el festivo. El resultado es que sus compañeros esa semana disfrutaron de su día de descanso más el festivo, mientras que este último solo un día, por lo que saldría perjudicado. De ahí sale el razonamiento del Supremo, permitir eso sería perjudicar a aquellos trabajadores que le coincidieran su festivo con el día de descanso.
¿Y si trabajo de lunes a viernes?
Hay trabajadores que su jornada laboral es fija y siempre trabajan de lunes a viernes, en estos casos la sentencia del caso Zara no sería aplicable. No obstante recientemente la Audiencia Nacional resolvió un caso precisamente que abarcaba este problema. El problema es que no es aplicable para todos los trabajadores, a pesar de que habrás oído que la Audiencia Nacional ha dicho que si trabajas de lunes a viernes el festivo del sábado te lo tienen que compensar.
Lo cierto es que esa sentencia resuelve el conflicto para un sector concreto, el del Call Center y no se aplica a los demás trabajadores. No obstante abre la puerta para que nuevos pronunciamientos judiciales lo apliquen al resto de trabajadores, pero por el momento no es el caso.
Festivo y descanso semanal no son el mismo derecho
El descanso semanal y los días festivos son derechos diferentes y tienen objetivos distintos. El primero permite al trabajador descansar y recuperarse después de la jornada laboral, mientras que los festivos permiten disfrutar de determinadas celebraciones de carácter cívico o religioso.
Por eso, cuando ambos días coinciden en trabajadores con cuadrantes de lunes a domingo, se reconoce el derecho a disfrutar de un día de descanso compensatorio, independientemente de que los descanso semanales sean siempre los mismos o vayan cambiando.
La situación es diferente para quienes trabajan habitualmente de lunes a viernes. Actualmente, no existe una sentencia que reconozca de forma automática este mismo derecho para estos trabajadores. De modo que hasta que no haya un nuevo pronunciamiento judicial que aclare esta situación, la posibilidad de recuperar este festivo dependerá principalmente de lo establecido en el convenio colectivo o de los acuerdos alcanzados con la empresa.

