Día del Trabajador: principales derechos que debes conocer

Hoy 1 de mayo se celebra el Día Del Trabajador, un día en el que se conmemora el movimiento obrero. Por ello es necesario que todo trabajador conozca qué derechos tiene y que su empresa debe cumplir obligatoriamente.

El 1 de mayo se celebra el Día del Trabajador. Una fecha en la que se reivindican los derechos laborales a favor de las clases trabajadoras. Por ello es importante conocer cuáles son los derechos de los trabajadores.

Los trabajadores tienen derechos (y también obligaciones) y todas estas normas están recogidas en la biblia del trabajador: El Estatuto de los Trabajadores.

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A  continuación indicamos los que consideramos los derechos básicos que tiene todo trabajador y que la empresa debe cumplir sí o sí, tal y como establece la ley.

La Constitución española y los derechos laborales

Principales derechos de los trabajadores

Los trabajadores tienen derecho a 14 festivos al año

Como no puede ser de otra manera hoy siendo festivo y celebrándose el Día del Trabajador, hay que recordar que los trabajadores tienen derecho a 14 festivos al año. Estas fiestas laborales están recogidas en el artículo 37.2 del Estatuto de los Trabajadores (ET). De estos 14 días, 8 son de carácter nacional, 4 días los establecen las comunidades autónomas y 2 son a nivel local.

Los días festivos son días no laborales, y, por tanto, no entran dentro de la jornada ordinaria de trabajo. Por lo que los trabajadores no tienen obligación de trabajar ni de recuperar estos días.

Cómo estos días no entran dentro de la jornada ordinaria, se deben remunerar de una forma especial. La remuneración dependerá del convenio colectivo, aunque lo más normal es que la hora se pague a una cuantía superior a la ordinaria o bien se compense con días de descanso.

En cuanto si la empresa puede obligar al trabajador, es necesario ver que dice el convenio colectivo. En este artículo podrás encontrar más información sobre trabajar en un día festivo.

Vacaciones anuales

Tal y como indica el Estatuto de los trabajadores en su artículo 38, los trabajadores tienen derecho como mínimo a 30 días naturales (22 laborales) de vacaciones al año. Estas deben son irrenunciables por parte del trabajador y no se pueden compensar con dinero.

En lo que respecta a las vacaciones hay mucho mito, el principal que los trabajadores a jornada parcial sus días de vacaciones se ven reducida en proporción a su jornada.

Periodos de descanso

Todos los trabajadores tienen derecho a 3 descansos, como establece la ley, que son los siguientes:

Descanso entre jornadas de trabajo

El tiempo que debe pasar entre la finalización de una jornada de trabajo y el comienzo de la siguiente, como mínimo, deben haber pasado 12 horas.

Descanso durante la jornada

Siempre que la jornada laboral supera las 6 horas de trabajo, el trabajador tiene derecho a un descanso mínimo de 15 minutos. Es lo que se conoce como la pausa para el bocadillo o pausa para el café. No obstante, el convenio colectivo puede establecer un periodo de descanso superior.

Descanso semanal

igualmente, los trabajadores tienen derecho a un descanso mínimo de un día y medio ininterrumpido a la semana, que como regla general deberá ser entre la tarde del sábado y el domingo. No obstante, este descanso se puede acumular por periodos de hasta 14 días.

En el caso de trabajadores menores de edad, el descanso será de dos días ininterrumpidos.

Cobrar puntualmente el salario

Un derecho y obligación de la empresa es pagar de forma puntual al trabajador, así como entregar la nómina al trabajador en la que quede reflejado todos los conceptos salariales y aportaciones a la Seguridad Social, IRPF, etc.

El incumplimiento de esta obligación por parte de la empresa, da derecho al trabajador a romper su contrato laboral y pedir indemnización por despido. Además  de solicitar intereses por retraso del sueldo.

Derecho a la conciliación familiar

Los trabajadores disponen de medidas y permisos retribuidos con los que poder conciliar su vida personal y familiar. A continuación te indicamos tres desconocidos, pero que puedes coger:

  • Permiso por mudanza: el trabajador puede solicitar un día de permiso retribuido para el cambio de domicilio habitual y de carácter permanente.
  • Reducción de jornada por cuidado de un familiar.
  • Adaptación de la jornada o incluso solicitar teletrabajo.
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