El paro es un derecho que tienen todos los trabajadores que han perdido su puesto de trabajo, siempre y cuando cumplan unos requisitos.
Para poder cobrar la prestación contributiva (paro) es necesario que la persona desempleada tenga al menos 360 días cotizados (1 año) en el caso que el solicitante no cumpla este requisito siempre puede solicitar un subsidio por insuficiencia de cotización para el que es necesario haber cotizado 6 meses (180 días) para los que no tienen responsabilidades familiares y 3 meses para los que si tengan (puedes leer más detalles para solicitar el subsidio por insuficiencia de cotización en nuestra guía).
¿Cómo se contabilizan los días trabajados en la cotización?
Con carácter general se cotiza por desempleo toda vez que se está contratado con un contrato laboral por cuenta ajena, tanto si es en el Régimen General, como en el Sistema Especial Agrario, o bien el Régimen del Mar. Además de esto en nuestros días asimismo se cotiza si se tiene un contrato en prácticas o bien un contrato para la formación y el aprendizaje .
Hay una serie de casos en los que no se cotiza por desempleo:
- No cotizan los empleados domésticos
- Los autónomos, en principio no cotizan para desempleo al no ser un trabajador por cuenta ajena , ni tener un contrato laboral, no cotizan como el resto de trabajadores y no tienen acceso al sistema general de prestaciones por desempleo. Hay un “paro de los autónomos”, la llamada cotización por cese de actividad, que es voluntario y con unas reglas y con unas coberturas concretas.
Cotización según la jornada laboral:
Cuando se está contratado con un contrajo a jornada completa se cotiza por todos los días trabajados.
Sin embargo si el trabajo es a jornada parcial, habrá que comprobar si el trabajador trabaja 5 días o más a la semana:
- En el caso de que la jornada esté distribuida en 5 días o más el período de cotización se corresponde con la duración del contrato, es decir, como si fuera a jornada completa, cada día trabajado es cotizado.
- En el caso de que la jornada esté distribuida en menos de 5 días, el periodo de cotización se corresponde con los días efectivamente trabajados, multiplicándolos por un coeficiente de 1.4.
Días que te corresponden de prestación según los días cotizados:
Por normal general no se suele cotizar justamente 360 días, que son los necesarios para poder pedir la prestación por desempleo, sino que se cotizan más, por lo que hay que ver el día de prestación que te corresponden según la siguiente tabla.
Nº DÍAS COTIZADOS | DURACIÓN DE LA PRESTACIÓN |
360 hasta 539 días | 120 días |
540 hata 719 días | 180 días |
720 hasta 899 días | 240 días |
900 hasta 1.079 días | 300 días |
1.080 hasta 1.259 días | 360 días (1 año) |
1.260 hasta 1.439 días | 420 días |
1.440 hasta 1.619 días | 480 días |
1.620 hasta 1.799 días | 540 días |
1.800 hasta 1979 días | 600 días |
1.980 hasta 2.159 días | 660 días |
2.160 hasta ……… | 720 días (2 años) |
Un momento, si por ejemplo tengo 370 días cotizados puedo pedir la prestación durante 120 días siendo el mínimo 360 días que ¿pasan con esos 10 días? esos días se pierden, en lo que se refiere a cotización para poder pedir una prestación o ayuda.
Saber si tienes derecho a paro de manera online
Puedes utilizar la oficina virtual del SEPE, donde encontrar su simulador de paro, y podrás calcular tu subsidio de desempleo, para hacerte una idea de cuando puedes llegar a percibir. Para poder utilizar este servicio es necesario para poder utilizarlo disponer de uno de estos medios: Certificado Digital, DNI electrónico o haber solicitado usuario y contraseña en la oficina de empleo de tu ciudad.
Recuerda: para solicitar el subsidio por desempleo (paro) debes pedir cita previa en tu oficina de empleo, en prestaciones, allí podras realizar la solicitud para poder cobrar el subsidio por desempleo, además te informarán con más detalles cual sera la cantidad exacta que podrás percibir por subsidio de desempleo.