Ahorrar cada vez está más complicado y en muchas ocasiones lo conseguido termina utilizándose para otros fines de los que seguramente uno no tenía pensado utilizar, como por ejemplo cubrir los gastos tras la perdida de un empleo. En este sentido, muchos trabajadores se han hecho la siguiente pregunta: “¿si tengo dinero en el banco puedo cobrar subsidio?”.
El subsidio por desempleo del Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE) tiene un objetivo concreto, servir de apoyo económico a los desempleados que están en una situación de necesidad económica.
Esta prestación está regulada en la Ley General de la Seguridad Social (LGSS), que los garantiza y da estabilidad. En la actualidad existen varios subsidios por desempleo que se solicitan en el SEPE tras agotar una prestación contributiva (paro), salvo en el caso del subsidio por insuficiencia de cotización, que se puede solicitar inmediatamente tras perder el empleo, ya que es una ayuda destinada a quienes no cumplen los requisitos para cobrar el paro.
Para poder cobrar un subsidio por desempleo, el SEPE exige tener carencia de rentas, tanto para solicitarlo como para no perderlo. Razón por la que muchos se preguntan qué ocurre si tienen dinero en el banco a la hora de solicitar el subsidio por desempleo.
Hay que recordar que se tratan de prestaciones no contributivas y que tienen como finalidad ser un sustento económico para evitar que puedan caer en riesgo de vulnerabilidad económica o bien exclusión social.
¿Puedo solicitar un subsidio por desempleo si tengo dinero en el banco?
Son muchas las personas que ahorran y tienen en su cuenta bancaria una gran suma de dinero, pues son los ahorros de toda su vida. Por lo que se preguntan si ese dinero cuenta a la hora de solicitar un subsidio.
No es una cuestión fácil de responder, pero actualmente, nadie puede obligar a ningún solicitante a mostrar cuál es la cuantía que tiene dentro de su cuenta bancaria.
De modo que, a la pregunta de ¿si tengo dinero en el banco puedo cobrar subsidio? La respuesta es un rotundo sí, ya que los ahorros son compatibles con las prestaciones y subsidios del estado, puesto que estos se otorgan según los ingresos, los ingresos mensuales que se obtienen y no los ahorrados.
Únicamente podría influir en la perdida del subsidio el obtener unos ingresos extras, como por ejemplo al cobrar una herencia o ganar la lotería. Aunque, hay que especificar, que si estos ingresos se abonan en un único pago, en realidad se suspendería solo el mes en el que se recibe. En el caso de obtener un ingreso extra que pueda suponer superar el límite de rentas, se debe comunicar al Servicio Público de Empleo Estatal, para evitar posibles sanciones.
Carencia de rentas en los subsidios
El SEPE aclara en su web, que para poder cobrar un subsidio, el solicitante debe carecer de rentas que superen el 75% del SMI en vigor. Es decir, no tener ingresos mensuales propios que superen el 75% del salario mínimo interprofesional, excluyendo la parte proporcional de dos pagas extraordinarias. Es decir, el 75% de 1.080 € (SMI en 2023), lo que supone que no se pueden tener ingresos mensuales que superen los 810 euros.
Se considerarán como rentas, todos los bienes o rendimientos que dispongan el trabajador desempleado. Tanto los que derivan del trabajo, del capital mobiliario e inmobiliario y los de otras prestaciones que se cobren.
No computarán como bienes las prestaciones de la Seguridad Social por hijos a cargo, ni el importe de las cuotas que se destinan a financiar el convenio especial con esta administración. Pero sí que se considerarán rentas las pensiones y prestaciones de otra naturaleza.