Muchas personas, sobre todo las mujeres han dedicado toda su vida a las tareas del hogar y el cuidado de los niños, un trabajo que realmente no está remunerado y que tampoco está reconocido siendo un trabajo a una jornada más que completa, de casi 24 horas.
Estas personas quedan fuera de todo derecho a una prestación por desempleo del SEPE o a una pensión cuando llegan a la edad de jubilarse, ya que no han aportado cuotas a la Seguridad Social.
Al no cotizar existen dudas de si al cumplir los 45 años pueden solicitar alguna ayuda que ofrezca el Servicio Público de Empleo (SEPE) o la Seguridad Social, y la respuesta es que sí, aunque no tienen derecho a una prestación contributiva, si pueden optar a algunos subsidios y ayudas que ofrece el Estado.
Pensiones no contributivas
Las amas de casas pueden solicitar una prestación no contributiva al cumplir los 65 años de edad y cumpla una serie de requisitos.
La cuantía a recibir se establecen en función de sus rentas personales y de las de su unidad familiar. Un pensionista no contributivo recibe como mínimo unos 1.372 euros al año y unos 8.233 euros al año como máximo.
[Más información y cómo solicitarla]
Renta Activa de Inserción (RAI)
Además de la pensión no contributiva, puede solicitar por la Renta Activa de Inserción (RAI), está dirigida a amas de casa mayores de 45 años, así como para otros colectivos que estén sin ingresos y sin cobrar prestación o subsidio por desempleo SEPE.
En cuanto a la cuantía de esta prestación, su importe es el 80% del IPREM, es decir unos 431 euros y se puede solicitar hasta un máximo de 3 veces.
Además, esta ayuda estatal cuenta con programas específicos de inserción o de formación para que la persona que solicite esta prestación pueda insertarse de nuevo en el mercado laboral.
[Más información y cómo solicitarla]
Renta de Inserción de las Comunidades Autónomas
Cada Comunidad Autónoma conceden ayudas para aquellas personas que no tienen o apenas tienen ingresos y están en riesgo de exclusión social. Estas ayudas buscan cubrir las necesidades básicas y tienen diferente nombre según la comunidad sueldo social, renta social, renta mínima, renta garantizada de ciudadanía, ayudas para la integración en situaciones de urgencia social, etcétera
[Más información y cómo solicitarla]
Ingreso Mínimo Vital (IMV)
Es una de las últimas medidas que ha puesto el Gobierno que viene a sustituir las anteriores Rentas de Inserción que ofrecen las Comunidades Autónomas, aunque lo cierto es que se pueden cobrar ambas, es decir, el IMV sería la principal ayudas y la de las comunidades actuarían como complemento.
Para acceder al ingreso mínimo vital hay que cumplir unos requisitos fundamentales: tener entre 23 y 65 años o menos de 23 años con hijos a cargo y ser residentes en España de forma continuada durante, al menos, un año antes de presentar la solicitud, excepto en las situaciones de violencia de género, trata y explotación sexual.
[Más información y cómo solicitarla]
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