Cuando un trabajador es despedido, suele preguntarse si podrá o no cobrar el paro. El Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE) es el encargado de gestionar la prestación por desempleo para aquellos trabajadores que han perdido su trabajo de forma involuntaria.
Pues tal y como se indica en su web, para poder solicitar prestaciones por desempleo en el SEPE, hay que estar en situación legal de desempleo. Es decir, que la causa de la perdida del empleo sea ajena al trabajador. Esto puede ser por un despido (independientemente del tipo) o por fin de un contrato laboral.
También entran dentro del grupo de situación legal de desempleo, los trabajadores fijos discontinuos cuando están en el periodo de inactividad. Incluso hay situaciones en las que una baja voluntaria también podría considerarse como situación legal de desempleo.
Partiendo de esto, para pedir el paro es necesario haber cotizado por prestación por desempleo, esta cotización se realiza mes a mes y viene indicada en la nómina.
¿Cuántos meses hay que trabajar para cobrar el paro?
Para poder pedir la prestación por desempleo contributiva, es decir, el paro, es necesario haber «trabajado y cotizado a desempleo al menos 360 días dentro de los 6 años anteriores a la situación legal de desempleo o al momento en que cesó la obligación de cotizar».
No obstante, hay alguna excepción. Por ejemplo, si se trata de una persona emigrante retornada que cotizó al desempleo en España antes de emigrar, necesita haber cotizado como mínimo «360 días dentro de los 6 años anteriores a la fecha de emigración» y no puede estar recibiendo otra prestación por desempleo en ningún otro Estado del Espacio Económico Europeo o Suiza.
¿Cómo se cuentan los días cotizados?
Con carácter general se cotiza por desempleo siempre que se está contratado con un contrato laboral por cuenta ajena, ya sea en Régimen General, como en el Sistema Especial Agrario, o el Régimen de Mar. Desde la última reforma laboral también se cotiza con un contrato en prácticas o un contrato para la formación y el aprendizaje.
Los trabajadores autónomos, por ejemplo, no cotizan por el sistema genera de prestaciones por desempleo. Aunque tienen su propia estación, el llamado paro por cese de actividad.
Por último, desde hace poco las empleadas del hogar ya cotizan por desempleo y, por tanto, pueden pedir el paro siempre que cumplan los requisitos.
La forma de contar los días cotizados por desempleo se modificó en 2018. De modo que con independencia, si se trabaja a tiempo completo o jornada parcial, se cuentan como días cotizados todos aquellos en los que el trabajador haya estado de alta dúrente un periodo, con independencia de que trabaje unos días si y otros días no.
Así puedes saber de forma automática si tienes derecho a alguna prestación del SEPE
¿Cuántos meses de paro se cobra?
El SEPE dispone de una tabla con la duración de la prestación por desempleo por días cotizados:
Días de cotización | Días de prestación |
---|---|
de 360 a 539 | 120 |
de 540 a 719 | 180 |
de 720 a 899 | 240 |
de 900 a 1079 | 300 |
de 1080 a 1259 | 360 |
de 1260 a 1439 | 420 |
de 1440 a 1619 | 480 |
de 1620 a 1799 | 540 |
de 1800 a 1979 | 600 |
de 1980 a 2159 | 660 |
desde 2160 | 720 |
¿Qué pasa si no tengo suficiente cotización para pedir el paro?
En el caso de que no se tenga la suficiente cotización para pedir el paro, existe un subsidio por desempleo por insuficiencia de cotización, más conocido como «mini paro«, que tiene una cuantían fija mensual de 480 euros al mes.
Se trata de una prestación no contributiva y su duración puede ser de entre 3 meses y 21 meses, dependiendo de la situación familiar del solicitante. Para solicitarlo es necesario haber trabajado al menos 90 días y no tener rentas superiores al 75% sel SMI.