El subsidio para mayores de 52 años es una de las ayudas del SEPE que más valor tienen, ya que se trata de una prestación que se cobra de forma indefinida y además cotiza a la Seguridad Social para la jubilación.
A pesar de que se cobra de forma indefinida, no basta con solicitarla y luego olvidarse, como el resto de subsidios por desempleo es necesario renovarlo. Es decir, aunque esta ayuda se mantienen hasta alcanzar la edad de jubilación y se pasa a cobrar la pensión, no se conserva sin realizar unos trámites anuales.
Para empezar el SEPE exige que los beneficiarios acrediten cada año que siguen cumpliendo los requisitos, especialmente el relacionado con los ingresos. No realizar este trámite en plazo es uno de los más frecuentes para la suspensión del subsidio.
Cuándo hay que renovar el subsidio para mayores de 52 años
La renovación del subsidio debe hacerse una vez al año. El cómputo del plazo comienza desde:
- La fecha en la que se reconoció inicialmente el subsidio, o
- La última fecha de reanudación, si el cobro se interrumpió en algún momento.
Al cumplirse esos 12 meses, el beneficiario debe presentar la declaración anual de rentas (DAR) para demostrar que sigue cumpliendo el requisito de carencia de ingresos.
El plazo para presentar este trámite es de 15 días hábiles a partir de que se cumpla el año desde el inicio del subsidio o desde la última renovación. Como son días hábiles no cuentan ni sábados, domingos ni festivos.
Si se deja pasar este plazo, el SEPE puede suspender el pago del subsidio de forma automática, aunque la persona siga cumpliendo los requisitos.
Trámites necesarios para renovar el subsidio por desempleo para mayores de 52 años
Además de presentar la declaración anual de rentas cada 12 meses, los desempleados que cobran la ayuda para mayores de 52 años también tienen que realizar otros trámites obligatorios como:
- Renovar la demanda de empleo para mantener la inscripción como demandante de empleo (un requisito básico de todas las prestaciones por desempleo del SEPE).
- Cumplir con el compromiso de actividad.
Formas de renovar el subsidio para mayores de 52 años
La renovación del subsidio para mayores de 52 años puede hacerse de varias formas presentando la declaración anual de rentas. Las tres vías son las siguientes:
- Por internet a través de la sede electrónica del SEPE con acceso por sistema cl@ve, certificado digital o DNI.
- De forma presencial acudiendo a la oficina de empleo, pero para ello es necesario solicitar cita previa al SEPE.
- A través del formulario de pre-solicitud, también por internet, pero con la ventaja que no es necesario la identificación digital.
Cómo saber cuándo tengo que renovar el subsidio
El SEPE no te va a enviar ningún recordatorio de que tienes que presentar el subsidio, por lo que los propios beneficiarios deben estar atento a las fechas para que no se les pase el plazo. Para saber cuándo toca renovar el subsidio, se puede:
- Revisar la resolución inicial.
- Consultar la fecha de la última reanudación.
- Acceder al expediente personal en la sede electrónica del SEPE.
No habrá que presentar la declaración de la Renta
Está previsto que tras la reforma de los subsidios por desempleo aprobados en el Real Decreto 2/2024 todos los desempleados tuvieran que presentar la declaración de la Renta, aunque no existiera obligación por ingresos, al igual que ocurre con los beneficiarios del Ingreso Mínimo Vital.
Sin embargo, el Gobierno a través del Real Decreto-ley 16/2025 ha decidido anular esta obligación al considerarla que no era adecuada y que generaba una carga administrativa innecesaria para las personas desempleadas.
Qué ocurre si no se renueva el subsidio a tiempo
No renovar el subsidio dentro del plazo puede provocar:
- La suspensión del pago.
- La pérdida de mensualidades.
- En algunos casos, la extinción del derecho.
Si se demuestra posteriormente que se cumplían los requisitos, el subsidio puede reanudarse, pero el tiempo sin cobrar no siempre se recupera.

