Alfonso Muñoz avisa de los 3 cambios que llegan a las pensiones en 2027: afectarán a la edad de jubilación y al cálculo de la cuantía

El funcionario de la Seguridad Social explica qué cambiará para quienes quieran jubilarse a partir de 2027, desde los años de cotización exigidos hasta la fórmula que determinará cuánto cobrarán de pensión.

Los trabajadores que estén haciendo cuentas para jubilarse en los próximos años tendrán que prestar especial atención a 2027, cuando termina el periodo transitorio iniciado en 2013 que ha ido modificando progresivamente la edad ordinaria de jubilación. A partir de ese momento, serán necesarios 38 años y 6 meses cotizados para poder jubilarse ordinariamente a los 65 años, mientras que quienes no alcancen ese periodo tendrán fijada, con carácter general, su edad ordinaria en los 67 años.

Alfonso Muñoz Cuenca, funcionario de la Seguridad Social especializado en pensiones, ha explicado en uno de sus vídeos los tres cambios que tendrán especial importancia en 2027. Las novedades no se limitan a la edad a la que será posible dejar de trabajar, ya que también afectan a los años necesarios para cobrar el 100% de la base reguladora, a la fórmula utilizada para calcular la pensión y a las cotizaciones que pagan trabajadores y empresas.

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El efecto será diferente según la situación de cada persona. Quienes estén cerca de retirarse tendrán que revisar con detalle los años y meses acumulados en su vida laboral y las bases por las que han cotizado, mientras que quienes continúen trabajando verán aumentar el Mecanismo de Equidad Intergeneracional. Los salarios situados por encima de la base máxima tendrán además una subida de la cotización adicional de solidaridad.

Los 38 años y 6 meses cotizados marcarán quién puede jubilarse a los 65 años

La edad ordinaria de jubilación lleva aumentando de forma progresiva desde 2013 y el último escalón de ese calendario llegará en 2027. Durante 2026 todavía pueden jubilarse ordinariamente a los 65 años quienes acrediten al menos 38 años y 3 meses cotizados, mientras que para quienes no alcancen ese periodo la edad queda fijada en 66 años y 10 meses. Un año después cambian ambas referencias y solo quienes acrediten 38 años y 6 meses o más podrán mantener la jubilación ordinaria a los 65 años. Para quienes no lleguen, la edad general será de 67 años.

Muñoz explica esta diferencia utilizando el ejemplo de dos trabajadores que llegan a la misma edad con carreras laborales distintas. Antonio cumple 65 años después de haber cotizado durante 39, por lo que supera el periodo exigido y puede jubilarse ordinariamente. María también cumple 65 años, pero acumula 36 años cotizados y tendrá que esperar porque su edad ordinaria de jubilación será de 67 años.

Los años cotizados también tienen importancia cuando un trabajador pretende abandonar el mercado laboral antes de alcanzar su edad ordinaria. El adelanto de la jubilación no se calcula simplemente restando años a los 65, sino que primero hay que determinar cuál sería la edad ordinaria correspondiente según el tiempo cotizado. Esa referencia permite después comprobar cuándo puede accederse a una jubilación anticipada y qué reducción puede aplicarse sobre la pensión.

Para cobrar el 100% habrá que llegar a los 37 años cotizados

La edad a la que una persona puede jubilarse y el porcentaje de la base reguladora que ha generado son cuestiones diferentes, aunque ambas dependen de los años cotizados. A partir de 2027 será necesario acreditar 37 años de cotización para alcanzar el 100% de la base reguladora, por lo que llegar a la edad ordinaria no significa por sí mismo tener derecho al porcentaje completo.

Muñoz utiliza como ejemplo a un trabajador que se jubila en 2027 después de haber cotizado exactamente 37 años, periodo con el que habrá alcanzado el porcentaje necesario para llegar al 100%. Si otra persona llega al momento de retirarse con 36 años y 8 meses cotizados, el porcentaje aplicado será inferior. Para trasladar después ese porcentaje a una cantidad concreta hay que tener en cuenta cómo utiliza la Seguridad Social las bases de cotización para calcular la pensión, ya que los años trabajados son solo una parte de la cuenta que determina cuánto se cobra cada mes.

La fórmula para calcular la cuantía de la pensión también cambia

El tercer cambio señalado por Muñoz afecta directamente al cálculo de la futura pensión. Desde 2026 se encuentra en marcha un periodo de transición para introducir una nueva fórmula que amplía progresivamente el número de meses analizados y permite descartar algunas de las bases de cotización de menor importe, algo especialmente relevante para trabajadores que hayan atravesado periodos con salarios más bajos durante los últimos años de su carrera laboral.

En 2027, la nueva fórmula permitirá seleccionar las 304 bases de cotización de mayor importe dentro de los 308 meses anteriores. En la práctica, esto permite dejar fuera cuatro mensualidades con bases inferiores, de manera que una persona que haya mantenido una carrera laboral estable pero haya pasado unos meses con un salario considerablemente más bajo puede evitar que esas cuatro bases reduzcan el resultado del cálculo.

Para otros trabajadores la situación puede ser diferente. Una persona cuyas bases hayan aumentado progresivamente durante los últimos años de su carrera profesional puede obtener un resultado distinto con el sistema basado en los últimos 25 años. Durante esta etapa convivirán las fórmulas previstas en la normativa y se aplicarán las reglas establecidas para determinar el cálculo correspondiente en cada caso, por lo que consultar una estimación de cuánto se cobrará antes de solicitar la jubilación permite conocer mejor el resultado a partir de los datos personales de cotización.

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