Una abogada laboralista alerta sobre el error de dimitir cuando ya no aguantas más en tu trabajo sin valorar esta alternativa

Virginia López Bello recomienda valorar una excedencia voluntaria antes de presentar la baja voluntaria, ya que permite mantener abierta la posibilidad de regresar a la empresa si existe una vacante adecuada.

Quién no ha terminado quemado en el trabajo hasta tal punto de querer irse y sondear la posibilidad de solicitar la baja voluntaria. Sin embargo, hacerlo en un momento de enfado o agotamiento puede cerrar una puerta que todavía podría mantenerse abierta. La abogada laboralista Virginia López Bello ha lanzado un aviso a quienes están pensando en dimitir y recomienda conocer antes otra posibilidad.

No, no se trata del típico consejo: «vete de la empresa con indemnización y solicita el autodespido«. Pues esta vía no es tan fácil como te la pintan y se tienen que dar las circunstancias para que un juez te dé la razón para romper la relación laboral. Si tus ganas de irte de la empresa es porque estás quemado o sientes en ese momento que no es tu sitio, el consejo de esta abogada es solicitar una excedencia voluntaria.

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La razón es simple para la abogada, con una dimisión, el trabajador pone fin al contrato por decisión propia y debe asumir las consecuencias que tiene abandonar voluntariamente un trabajo. Con una excedencia, la relación laboral queda suspendida y existe la posibilidad de solicitar el reingreso más adelante, aunque eso no significa que la empresa tenga que reservar exactamente el mismo puesto.

«Si estás hasta el moño de tu empresa, no dimitas, alma de cántaro»

La laboralista reconoce que una persona puede estar tan cansada de su situación que quiera marcharse cuanto antes, pero recuerda que irse no obliga necesariamente a cerrar para siempre la puerta de esa empresa.

La alternativa que recomienda conocer antes de presentar la baja voluntaria

Quienes tengan al menos un año de antigüedad en la empresa pueden solicitar una excedencia voluntaria por un periodo de entre cuatro meses y cinco años. Así lo establece el artículo 46 del Estatuto de los Trabajadores que regula las excedencias, que también exige que hayan transcurrido cuatro años desde el final de una anterior excedencia voluntaria para volver a ejercer este derecho.

La antigüedad que el trabajador hubiera acumulado hasta ese momento no desaparece por solicitar la excedencia, tal y como recuerda López Bello. Lo que ocurre con carácter general es que el periodo durante el que permanece fuera de la empresa no continúa computando a estos efectos, por lo que conviene diferenciar entre conservar la antigüedad anterior y seguir generándola mientras dura la excedencia.

A diferencia de quien presenta una baja voluntaria y extingue su contrato por decisión propia, el trabajador que se acoge a esta excedencia se aparta de la empresa durante un tiempo sin romper de la misma forma ese vínculo. Esta posibilidad de regresar más adelante es precisamente uno de los motivos por los que la abogada recomienda informarse antes de dimitir cuando la decisión está provocada por una mala situación en el trabajo.

Mantener ese vínculo con la empresa, sin embargo, no obliga a guardar el puesto de trabajo hasta que llegue el momento de volver. La excedencia voluntaria funciona de manera diferente a otras situaciones en las que sí existe una reserva del puesto. Por lo que conviene asegurarse bien antes de solicitarla que si luego se quiere volver, la empresa no guarda tu puesto.

@tuabogadalaboralista ¿VAS A DIMItIR? IGUAL NO TE INTERESA TANTO COMO CREES 😂 Antes de presentar tu baja voluntaria, infórmate sobre la excedencia: puedes mantener la antigüedad que ya hayas generado y, en la excedencia voluntaria, tienes un derecho preferente al reingreso cuando exista una vacante de igual o similar categoría. Y si la empresa te niega injustificadamente el reingreso, puedes reclamar judicialmente y, según las circunstancias, esa negativa puede llegar a tener consecuencias de despido. Así que antes de mandar el famoso “adiós, ahí os quedáis”, infórmate bien y no tomes una decisión irreversible en caliente. #DerechoLaboral #Excedencia ♬ sonido original – Tu Abogada Laboralista

La empresa no tiene que reservar exactamente el mismo puesto

El derecho que conserva una persona durante una excedencia voluntaria consiste en tener preferencia para reingresar cuando exista una vacante de igual o similar categoría a la que ocupaba antes de marcharse. Por tanto, la empresa no tiene que mantener libre exactamente su antiguo puesto ni reincorporarla automáticamente por el mero hecho de solicitar el regreso.

Cuando el trabajador pide volver y no existe en ese momento una vacante adecuada, la empresa puede comunicarle que no es posible reincorporarlo. La situación es diferente si aparece un puesto compatible y la compañía decide cubrirlo sin respetar el derecho preferente de reingreso de quien se encuentra en excedencia.

«La empresa no tiene por qué reservarte exactamente tu mismo puesto durante la excedencia, pero tampoco puede saltarse tu derecho preferente y contratar a otra persona para una vacante que tú tienes derecho a ocupar», señala López Bello al explicar qué puede ocurrir cuando llega el momento de regresar.

Una negativa de la empresa también debe analizarse atendiendo a la forma en la que se produce, ya que no es lo mismo comunicar que todavía no existen vacantes que dar por terminada la relación laboral. Si existe un puesto compatible y la empresa ignora el derecho preferente del trabajador, la decisión puede acabar siendo discutida ante los tribunales.

Es más, el Supremo incluso ha señalado que las empresas deben reincorporar a los trabajadores en excedencia antes que hacer fijos a los trabajadores temporales.

Por qué conviene pensarlo antes de enviar una dimisión

La recomendación de López Bello no pasa por presentar una excedencia voluntaria como la mejor solución en todos los casos. Su advertencia se dirige especialmente a quienes están a punto de presentar una baja voluntaria después de una mala etapa laboral, porque dimitir y acogerse a una excedencia tienen consecuencias muy diferentes y conviene conocerlas antes de tomar una decisión difícil de revertir.

Regresar a la empresa después de una excedencia tampoco depende únicamente de que el trabajador decida que quiere volver. Además de comprobar si existe una vacante de igual o similar categoría, hay que solicitar el reingreso conforme a las condiciones aplicables y revisar lo establecido en el convenio colectivo. Este trámite tiene especial importancia porque pedir la reincorporación fuera del plazo que corresponda puede acabar haciendo perder el derecho preferente a regresar.

Antes de enviar una dimisión en un momento de enfado o agotamiento, López Bello recomienda por este motivo informarse y buscar asesoramiento profesional. «Dimitir es una opción, la excedencia también», resume la abogada, poniendo el foco en una diferencia que puede resultar decisiva para el trabajador: la baja voluntaria pone fin a la relación laboral, mientras que la excedencia mantiene abierta una posible vía de regreso.

Quien ha llegado al punto de no aguantar más en su trabajo puede querer marcharse cuanto antes, pero alejarse de la empresa durante una temporada y abandonarla definitivamente son decisiones distintas. Conocer de antemano qué derechos se mantienen y cuáles no permite tomar esa decisión con más información y sin cerrar una puerta laboral que quizá interese recuperar en el futuro

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