El Ministerio de Trabajo ha convocado para el próximo martes a los sindicatos y patronal para retomar las negociaciones para subir el salario mínimo interprofesional en 2023.
Aunque la idea que tenía la ministra de Trabajo, Yolanda Díaz, era haber aprobado la subida antes de finalizar 2022, entre el retraso en el informe del comité de expertos y el poco acuerdo en los primeros contactos, propiciaron que se comenzará el año prorrogando el SMI de 2022.
No obstante, y tal y como ha afirmado la ministra Díaz, el salario mínimo entrará en vigor con carácter retroactivo desde el 1 de enero de 2023. Por tanto, las empresas deberán recalcular las nóminas y abonar a sus empleados estos «impagos».
Próxima reunión el martes para hablar del SMI
Sindicatos y la patronal se sentarán en la mesa de diálogo con el Ministerio de Trabajo para tratar la subida del salario mínimo interprofesional para 2023. Será el próximo martes a las 11:00 horas cuando las partes implicadas se sienten a debatir la subida del salario mínimo.
La propuesta de la vicepresidenta segunda, Yolanda Díaz, es una subida hasta los 1.082 euros en 14 pagas. Mientras, los sindicatos, solicitan que la subida sea hasta los 1.100 euros.
La otra cara la ponen los empresarios, que proponen una cantidad inferior a las anteriores propuestas, sobre los 1.050 euros.
No obstante, hay que recordar, que la última palabra sobre el SMI es del Gobierno, que solo está obligado a consultar a los agentes sociales. Hay que recordar que la anterior subida en 2022, se llevó a cabo sin acuerdo entre las tres partes, pues la patronal se desmarcó de las negociaciones.
¿Puede la empresa sancionarme con menos salario en la nómina?
Nuevo impuesto en las nóminas de los trabajadores y autónomos
Aunque por el momento, los trabajadores no eran reflejadas la futura subida del salario, lo que si podrán observar es el nuevo impuesto MEI.
Se trata de una nueva contribución que deben hacer los trabajadores y autónomos para el mantenimiento de la hucha de las pensiones. Un impuesto del 0,6% del salario y de la cual el trabajador aporta el 0,1% (los autónomos lógicamente aportar el total).
Esto puede suponer un recargo en la nómina laboral de al menos 5 euros por trabajador.