viernes 29 marzo 2024

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¿Puede la empresa sancionarme con menos salario en la nómina?

¿Puede la empresa quitarme salario si cometo algún error o por faltar al trabajo?

Los trabajadores somos humanos y es posible cometer errores, olvidarse de mandar un correo importante, equivocarse en la realización de una tarea o incluso por un descuido llegar a estropear la maquinaria.

Estas situaciones pueden dar lugar a sanciones por parte de la empresa.  Así lo establece el artículo 58 del Estatuto de los Trabajadores: «Los trabajadores podrán ser sancionados por la dirección de las empresas en virtud de incumplimientos laborales, de acuerdo con la graduación de faltas y sanciones que se establezcan en las disposiciones legales o en el convenio colectivo que sea aplicable».

Seguramente te estés preguntando si ¿es legal quitar dinero de la nómina del trabajador a modo de sanción?. El Estatuto de los Trabajadores establece que las empresas pueden sancionar a sus trabajadores, pero hasta ciertos límites, además recuerda que las sanciones que te imponga la empresa puedes ser impugnadas y revisadas ante la jurisdicción social.

Por poner un ejemplo claro, por faltar un día, «no podrían» despedirte. Bueno, más bien, no podrían aplicarte un despido disciplinario y este sería declarado improcedente. Un claro ejemplo es la sentencia sobre el despido de una trabajadora que llegó tarde a su trabajo en repetidas ocasiones.

Pero sin duda la sanción en la que muchos trabajadores piensan y temen es la reducción de sueldo. ¿Puede la empresa quitarme parte de mi sueldo?

Así de fácil es despedir a un trabajador hoy en día

¿Me pueden quitar dinero de mi nómina?

La respuesta es que no, no es legal quitar dinero de la nómina a modo de sanción, así lo indica el artículo 58.3 del Estatuto de los Trabajadores: “no podrán imponer sanciones que consistan en la reducción de la duración de las vacaciones u otra minoración´de los derechos al descanso del trabajador o multa de haber”.

Esta última frase hace referencia a sanciones económicas al trabajador, por lo tanto, la empresa no puede descontar dinero de la nómina del trabajador, ya que se consideraría como una conducta ilícita, es decir, un abuso de derecho, siendo denunciable o impugnable.

No obstante, la empresa se reserva el derecho a sancionar sin empleo y sueldo por incumplimientos laborales como bajo rendimiento voluntario, faltas de asistencias continuadas sin justificar, insultos a compañeros, rotura de material injustificada.  En estos casos, si hay sanción de empleo, es decir, que no vas a acudir a tu puesto de trabajo, si es legal quitar dinero de la nómina.

No obstante, si hay motivos por los que una empresa puede quitar días de sueldo de forma legal.

Motivos por los que si es legal que te quiten dinero de la nómina

Faltas sin justificar: sin necesidad de que la empresa luego te pueda sancionar con empleo y sueldo, puede descontarte los días que no hayas acudido a tu trabajo sin justificación. También puede descontarte de la nómina si llegas tarde al trabajo (lógicamente, la parte proporcional)

Día que has estado enfermo: cuando te has puesto enfermo, por ejemplo, por gripe y debes ausentarte, aunque solicites la prestación por incapacidad temporal (IT), la prestación se paga a partir del cuarto día y el 60% de la base reguladora hasta el día 20. A partir del día número 21 se cobra el 75%. No obstante, puede que el convenio colectivo establezca que se cobra desde el primer día y además el 100%.

Quebranto de moneda: En puestos donde el empleado trabaja con dinero en efectivo y perciba un complemento salarial por quebrando de moneda, la empresa podrá descontar dinero de la nómina. Por ejemplo, los cajeros de supermercados que manejan dinero en efectivo, pueden equivocarse al cambio y que al final del cierre de caja falte dinero. El empresario podrá descontar una parte de este complemente o su totalidad, aunque nunca superar el importe de este complemento salarial.

En resumen, la empresa no puede aplicar sanciones descontando salario, siempre tendrá que ser de empleo y sueldo (salvo en los casos anteriores). Por lo que la frase de Antonio Recio cuando coque cometía un fallo «otro mes que no cobras» no es para nada legal.

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