Contrato de sustitución (antes interinidad) Claves a tener en cuenta

Esta son las claves que debes tener en cuenta en un contrato de interinidad o sustitución.

Si estÔs en búsqueda de empleo, habrÔs visto muchas ofertas de trabajo, la palabra interinidad, pero ¿Qué es un contrato de interinidad? Pues se trata de un contrato de sustitución, que es como ahora se denomina, y seguramente ya te habrÔs hecho a una idea para qué se utiliza.

Las empresas recurren a este tipo de contrataciones, generalmente para sustituir a un trabajador que estĆ” de baja con reserva del puesto de trabajo. Este tipo de contrato estĆ” regulado en el artĆ­culo 15.3 del Estatuto de los Trabajadores.

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Si te van a contratar o te han contratado bajo un contrato de interinidad cuando consultes tu informe de vida laboral deberÔ aparecerte los códigos 410, 510 o en su caso 418 o 518 cuando sean de carÔcter administrativo.

  • El código 410 corresponde al contrato de interinidad cuando la jornada es a tiempo completo, mientras que el 510 es cuando la jornada es a tiempo participar.
  • Lo mismo sucede con el 418 que es para tiempo completo y el 518 para jornada parcial.

¿En qué situaciones se puede firmar un contrato de sustitución?

Tal y como regula el Estatuto de los Trabajadores, este tipo de contrataciones solo se pueden realizar en estas circunstancias:

La primera de ellas, es para sustituir a una persona trabajadora con derecho a reserva de puesto de trabajo. Por ejemplo, cuando cuado el trabajador pide una excedencia por cuidado de familiares, baja por maternidad/paternidad, bajas mƩdicas, excedencia forzosa e incluso excedencia voluntaria (siempre que haya reserva del puesto de trabajo)

También puede utilizarse para completar la disminución de la jornada laboral de un trabajador.

Igualmente, puede realizarse este tipo de contratación para cubrir temporalmente un puesto de trabajo durante el proceso de selección o promoción para su cobertura definitiva mediante contrato fijo. Aunque, su duración no puede ser superior a 3 meses.

¿Y para cubrir vacaciones? No, aunque puedas pensar que realmente estÔs sustituyendo a un trabajador, tal y como se indica en el artículo 15.2 del Estatuto de los Trabajadores, las vacaciones de los trabajadores se entienden como un desajuste temporal entre el empleo estable disponible y el que se requiere, por lo que en este caso debe realizarse un contrato de duración determinada.

Salvo que sea para cubrir una vacante durante el proceso de selección o promoción para su cobertura definitiva (3 meses), no existe límite. De modo que se puede estar bajo este contrato «indefinidamente». Eso sí, siempre que se mantenga la causa por la cual existe la reserva de puesto de trabajo o hasta que se reincorpore el trabajador.

Por ejemplo, si el trabajador que se sustituye se reincorpora, este contrato finalizarÔ. Lo mismo sucede si un trabajador pide una excedencia voluntaria y su reserva del puesto solo es de dos años. Pues cumplido ese plazo, ya el contrato de interinidad no tendría validez y, por tanto, «debería finalizar»

A este tipo de contrato no se le aplica la regla indicada en el artĆ­culo 15.5 del Estatuto de los Trabajadores.

¿Qué debe figurar en un contrato de interinidad?

En un contrato de interinidad debe aparecer si o si el nombre del trabajador al que se sustituye y la causa de esta sustitución. Esto debe figurar en el apartado del contrato temporal «ClÔusulas específicas de sustitución de persona trabajadora«.

clausulas de un contrato para sustituir a un trabajador, contrato 410 y 510
ClÔusulas de un contrato por sustitución de la persona trabajadora.

¿Y si en el contrato no aparece la causa de la sustitución ni el nombre del trabajador al que sustituyo? En estos casos, el contrato se considera que estÔ en Fraude de Ley y, por tanto, el trabajador obtiene la condición de indefinido. Aunque para ello deberÔs denunciar tu situación ante la Inspección de Trabajo.

¿Cobraré lo mismo que cobraba la persona a la que sustituyo?

Esta es una de las  preguntas que mÔs se hacen las personas que entran a trabajar en sustitución de otro empleo.

CobrarÔs el salario de la categoría profesional del puesto, al igual que cobrarÔ el trabajador al que sustituyes. Esto no quiere decir que tu salario sea el mismo, dado que el trabajador puede que tengan algún plus, como por ejemplo un plus de antigüedad.

¿CuÔndo se convierte en indefinido un contrato de interinidad?

Como antes hemos mencionado, este tipo de contrato no se le aplica la regla de pasar a indefinido si se ocupa un puesto durante mƔs de 18 meses en un periodo de 24 meses. Pero si cuando el contrato estƔ en Fraude de Ley, es decir, cuando:

  • No se indica la causa en el contrato (nombre del trabajador a sustituir).
  • Haber transcurrido un tiempo superior al periodo de prueba sin que te hayan dado de alta en la Seguridad Social.
  • Continuar con la relación laboral despuĆ©s de haber finalizado la causa que lo motivó.
  • Incluso, si el trabajador a sustituir, decide abandonar la empresa y continĆŗas prestando tus servicios.

¿CuÔl es la indemnización?

Contrario al resto de contratos, los contratos por sustitución o interinidad estÔn creados bajo un régimen de exacción de indemnización. Ojo, indemnización no es lo mismo que finiquito, en el que se incluyen las vacaciones no disfrutadas.

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