viernes 19 abril 2024

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Los padres podrán adelantar su permiso de paternidad para cuidar a la madre antes del parto

Los padres podrán adelantar hasta 10 días el disfrute de su permiso de paternidad para el cuidado de la madre embarazada.

Los padres podrán adelantar 10 días su permiso de paternidad para cuidar de la madre durante el tiempo previo al parto. Así lo recoge el anteproyecto de Ley de Familias que ha impulsado el Ministerio de Derechos Social y Agenda 2023 dirigido por la ministra Ione Belarra.

El principal objetivo de esta nueva ley es mejorar la conciliación familiar de los trabajadores. Así, esta medida, junto con otros cuatro nuevos permisos que podrán cogerse los trabajadores a partir de 2023, mejorarán esta conciliación.

En la actualidad los padres tienen 16 semanas de permiso por paternidad, al igual que las mujeres.  Claro está, este permiso se empieza a disfrutar una vez ha nacido el bebé.

No obstante, en el texto de la Ley de Familias modifica la Ley del Estatuto de los Trabajadores para establecer la posibilidad de que el progenitor, no gestante, puede anticipar en 10 días el comienzo del disfrute del permiso de paternidad.

Ayudas durante el embarazo

Actualmente, las mujeres embarazadas pueden solicitar la prestación por riesgo durante el embarazo.  Esta ayuda de la Seguridad Social se concede cuando una trabajadora que está embarazada causa baja temporalmente por su estado, debido a que las funciones de su puesto pueden poner en riesgo su estado.

Para solicitar la empresa debe declarar por escrito las funciones de la trabajadora, condiciones del puesto y el riesgo que supone su embarazado. Además, es necesario justificar el motivo por el cual no se puede cambiar de puesto a otro compatible con su estado, por ejemplo la inexistencia de otro puesto compatible con el estado de la trabajadora.

Una prestación que en el caso de que la empresa no pueda reubicar a la trabajadora temporalmente a otras funciones donde no se ponga en peligro su estado.

En cualquier caso, el Estatuto de los trabajadores, en su artículo 48, recoge que: «la suspensión del contrato de cada uno de los progenitores por el cuidado de menor, una vez transcurridas las primeras seis semanas inmediatamente posteriores al parto, podrá distribuirse a voluntad de aquellos, en períodos semanales a disfrutar de forma acumulada o interrumpida y ejercitarse desde la finalización de la suspensión obligatoria posterior al parto hasta que el hijo o la hija cumpla doce meses»; y especifica que «la madre biológica podrá anticipar su ejercicio hasta cuatro semanas antes de la fecha previsible del parto»

Con la nueva media que recoge el anteproyecto de la nueva ley, el progenitor podrá también adelantar su permiso y estar al cuidado de la madre.

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Más protección social a las familias

Otra modificación será la ampliación de la protección social a las familias con la extensión de la ayuda por crianza de 100 euros al mes para familias con hijos de hasta tres años.

Así, las madres que estén percibiendo una prestación por desempleo, contributiva o no y también a las que, sin reunir los requisitos previamente, coticen 30 días a partir del parto. Con la nueva ley de familias, las mujeres que trabajan a tiempo parcial o temporal cobrarán el 100% de la prestación (actualmente cobran la renta de crianza en proporción).

También se reconocen derechos importantes como el acceso universal a la atención temprana, gratuita y de calidad de los menores y sus familias con servicios hasta los 6 años para paliar las necesidades de los niños con trastornos de desarrollo.

 

 

 

 

 

 

 

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