Desde el 1 de enero de este aƱo el permiso de paternidad y maternidad (permiso por nacimiento y cuidados del menor) es de 16 semanas para ambos progenitores.
Igualar los dĆas de permiso era una de las medidas que el Gobierno incluyó en los presupuestos del Estado para este 2021.
Esta prestación tiene como objetivo proteger los perĆodos de descanso y permisos derivados del nacimiento de u hijo, la adopción o guarda con fines de adopción y el acogimiento familiar.
Tanto el padre como la madre, podrƔn disfrutar de 16 semanas de permiso en el trabajo que podrƔn tomar de una vez, de forma ininterrumpida o dividido en varios tramos.
- 6 semanas obligatorias, ininterrumpidas y a jornada completa, posteriores al parto (resolución judicial o decisión administrativa en el caso de adopción). La madre biológica puede anticipar este periodo hasta 4 semanas antes de la fecha previsible del parto
- Las 10 semanas restantes se disfrutarÔn en periodos semanales, de forma acumulada o interrumpida, dentro de los 12 meses siguientes al parto o bien la resolución judicial o decisión administrativa en el caso de adopción.
¿CuÔnto se cobra?
Este permiso que se solicita en el Instituto Nacional de la Seguridad Social o el Instituto Social de la Marina, se cobra el 100% de la base reguladora de su salario, tomĆ”ndose como referencia la vigente en el dĆa de comienzo de disfrute del permiso.
Cómo se solicita.
Debido a la pandemia del coronavirus, las oficinas de la Seguridad Social ha limitado el nĆŗmero de citas previas, por lo que solicitar esta prestación por esta vĆa se hace complicado. Por este motivo la Seguridad Social amplió los medios para solicitarlo sin que los interesados tengan que desplazarse hasta una oficina.
Si se dispone de un certificado digital o usuario y cl@ve, se puede realizar desde la propia sede electrónica en apenas unos minutos.
No obstante, desde el Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones, se ha iniciado una campaña informativa para favorecer el acceso sobre todo a los colectivos mÔs vulnerables que no tienen acceso a estos medios digitales, dÔndoles la posibilidad de poder realizar este trÔmite sin la necesidad de disponer de identificación digital.
Se puede realizar este y otros muchos trÔmites con los siguientes métodos de identificación.
- Validación de su correo electrónico mediante el envĆo de un código de comprobación a la dirección seƱalada para garantizar que vaya a recibir las comunicaciones vĆa email.
- Validación de su DNI/NIE adjuntando fotografĆa de las dos caras de su documento de identidad.
- Foto del solicitante (selfie) en tiempo real enseñando el DNI/NIE. Puede hacer la foto desde el dispositivo en el que esté realizando el trÔmite o escanear un código QR con otro dispositivo que disponga de cÔmara.
AsĆ puedes solicitar prestaciones de la Seguridad Social sin certificado digital
TAMBIĆN TE PUEDE INTERESAR:
Cómo solicitar el nuevo complemento de maternidad en la pensión de 400 euros



