viernes 31 enero 2025
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Despido nulo: causas, consecuencias e indemnización

Esta son las causas y consecuencias que tiene un despido declarado nulo

En España existen tres tipos de despido con sus correspondientes indemnizaciones. Cuando la empresa pone fin a la relación laboral mediante la carta de despido, el trabajador puede impugnarlo reclamando que su despido sea declarado improcedente o nulo.

Será un juez quien determine si el despido es procedente (válido), improcedente o nulo.

Suele confundirse los despidos declarados improcedentes con nulos, pero son conceptos totalmente diferentes, aunque tienen algo en común, que la empresa no puedo justificar el despido, pero las consecuencias no son las mismas.

¿Qué es el despido nulo?

El despido será declarado nulo cuando, atente contra los derechos fundamentales y libertades públicas del trabajador.

Un claro ejemplo es el despido de un trabajador tras reclamar a la empresa, ya sea de forma interna o bien por denunciar ante la Inspección de Trabajo.  Esto sería una violación del artículo 24 de la Constitución Española, por la que todas las personas tienen derecho a obtener la tutela efectiva de los jueces tribunales en el ejercicio de sus derechos e interese legítimos, sin que, en ningún caso, pueda producirse indefensión.

El Tribunal Supremo declara nulo el despido de un trabajador tras reclamar el impago de horas extras

Además de estas causas, el artículo 55.5 del Estatuto de los Trabajadores. Recoge otras causas por las que se puede considerar un despido nulo:

  • El de las personas trabajadoras durante los periodos de suspensión del contrato de trabajo por nacimiento, adopción, acogimiento y paternidad, embarazo, durante la lactancia natural, enfermedades causadas por el embarazo, parto o lactancia natural.
  • Despido de una trabajadora embarazada.
  • Cuando se produzca el despido de un trabajador que haya solicitado  o esté disfrutando de reducción de jornada por lactancia, hijo recién nacido hospitalizado, por guarda legal o por tratamiento de enfermedades graves.
  • Despido de los trabajadores que se han reincorporado a su trabajo después de una suspensión por maternidad, adopción, acogimiento o paternidad, si no han pasado 9 meses desde el nacimiento, adopción o acogimiento.
  • El trabajador que ha solicitado o esté disfrutando de excedencia para el cuidado de hijos o familiares.
  • Despido de las trabajadoras víctimas de violencia de género por ejercer su derecho a la reducción o reordenación de la jornada laboral, movilidad geográfica o cambio de centro de trabajo.
  • Despido de los trabajadores que se han reincorporado a su trabajo después de una suspensión por maternidad, adopción, acogimiento o paternidad, si no han pasado 9 meses desde el nacimiento, adopción o acogimiento.

Despido colectivo nulo

Por último, cuando la empresa realiza un despido colectivo y suceda lo siguiente:

  • La empresa no haya realizado el periodo de consultas.
  • No haya entregado la documentación legalmente prevista.
  • La empresa no respete el procedimiento establecido en el artículo 51 del  Estatuto de los Trabajadores.
  • No haya obtenido la autorización judicial en los supuestos legalmente previstos.
  • Tampoco respete los derechos fundamentales y libertades públicas de los trabajadores en el despido.
  • No haya respetado las prioridades de permanencia en el trabajo.

Consecuencias del despido nulo

La principal consecuencia de que un juez declare que un despido es nulo, es que la empresa está obligada a reincorporar al trabajador en las mismas condiciones en las que estaba. A diferencia del despido improcedente, en la que la empresa puede elegir entre pagar la indemnización o reincorporar al trabajador.

Igualmente, la empresa debe abonar los salarios de tramitación, es decir, el sueldo que ha dejado de recibir el trabajador durante el tiempo que ha estado fuera de la empresa. Igualmente, la empresa deberá abonar las cotizaciones del empleado a la Seguridad Social durante ese periodo.

De modo que el trabajador no solo recupera su empleo, también recibe su salario dejado de percibir y además cotizará por ese periodo.

¿Cuál es la indemnización en el despido nulo?

La declaración del despido nulo, no implica que la empresa esté obligada a pagar una indemnización al trabajador por despido. Ahora bien, el trabajador a la hora de impugnar el despido podrá reclamar una indemnización por daños y perjuicios que sufra.

 

 

 

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