El SEPE resuelve esta duda que tienen muchos desempleados que están cobrando el paro y acaban de tener un hijo. Muchos se preguntan si al estar en esta situación de desempleo tienen derecho a la prestación por nacimiento de hijo. ¿Qué dice el SEPE al respecto?
Cobrar paro y prestación por nacimiento a la vez.
La prestación por nacimiento y cuidado de hijo es una ayuda que ofrece la Seguridad Social para proteger a los trabajadores durante los periodos de descanso y permisos por el nacimiento de un hijo. Así como para la acogida por más de un año y en menores de seis años de edad. Entonces, si es para trabajadores ¿no la pueden solicitar los desempleados?
Desde el SEPE explican que una persona desempleada puede solicitar esta prestación por hijo si reúne los requisitos para solicitarla.
¿Cuáles son estos requisitos?
Para solicitar la prestación por maternidad ahora llamada prestación por nacimiento, se debe cumplir lo siguiente:
Tener al menos 180 días cotizados si se tiene entre 21 y 25 años. Además de estos días de cotización, 90 deben haberse cotizado dentro de los siete años anteriores a la solicitud.
En cambio, si se es mayor de 26 años, es necesario tener 360 días cotizados, de los cuales 180 deben haberse cotizado en los últimos siete años.
Claro esta, no se pueden tener deudas con la Seguridad Social y estar afiliado a ella. Es decir estar dado de alta en la Seguridad Social o en una situación asimilada.
¿Cómo puede solicitar un desempleado la prestación por hijo?

Como has leído antes, es imprescindible estar dado de alta en la Seguridad Social. Como ya hemos explicado en EmpleoJob.es cuando se cobra la prestación contributiva por desempleo, es decir el paro, se cotiza la Seguridad Social. Es decir, se puede decir que se está dado de alta en la Seguridad Social.
Ahora vayamos a la pregunta del millón, ¿se puede cobrar la prestación por hijo y el paro a la vez?
Tal y como ha explicado el SEPE, si la maternidad o paternidad sucede mientras se cobra el paro, hay que solicitar la suspensión de esta para poder cobrar la prestación por hijo.
La suspensión de la prestación la tiene que solicitar el propio desempleado, una vez se termina la prestación por maternidad y paternidad, se podrá reactivar el paro y volver a cobra la prestación contributiva.
¡Ojo!, con no suspender el paro, ya que tarde o temprano el SEPE lo detectará y te sancionará.
¿Cuánto se cobra por la prestación por nacimiento?
Durante el cobro de la prestación por maternidad o paternidad, se cobra el 100% de la base reguladora que es equivalente a la de incapacidad temporal, derivada de contingencias comunes.
La cuantía de la prestación según ha explicado la Seguridad Social es del 100% «de una base reguladora que es equivalente a la de incapacidad temporal, derivada de contingencias comunes».
En cuanto a la duración, es de 16 semanas tanto para hombres como para mujeres.
Cómo presentar la solicitud para la prestación por nacimiento.
Los desempleados que dispongan de certificado digital o usuario y cl@ve, pueden realizar este trámite desde la Sede Electrónica de la Seguridad Social.
Aunque la Seguridad Social ha habilitado un nuevo sistema que permite hacer este trámite online, sin la necesidad de identificación digital. Tan solo es necesario enviar un selfie. Te lo explicamos aquí.

