sábado 1 febrero 2025
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Ayudas del Estado que puedes solicitar si tienes hijos

Si tienes hijos, estas son algunas de las ayudas del Estado que puedes solicitar.

El modelo de familia ha ido cambiando con el paso de los años, ahora se tienen menos niños y mucho más tarde. La principal causa es la poca conciliación laboral, sobre todo cuando en la pareja los dos trabajan.

Ante esta situación el Gobierno ha puesto en marcha nuevas ayudas  para mejorar la situación de padres y madres.

A continuación te contamos las ayudas económicas, deducciones fiscales y facilidades para las familias que acaban de tener un hijo.

Permisos de paternidad y maternidad

En primer lugar, desde el 1 de enero de 2021  el permiso de paternidad y maternidad pasa a llamarse permiso por nacimiento y cuidados del menor (REM).  Además trae consigo la igualdad en el periodo de permiso, pues tanto padres como madres disfrutarán de 16 semanas de permiso.

El permiso de 16 semanas puede dividirse de la siguiente forma:

  • 6 semanas obligatorias, ininterrumpidas y a jornada completa, posteriores al parto (resolución judicial o decisión administrativa en el caso de adopción). La madre biológica puede anticipar este periodo hasta 4 semanas antes de la fecha previsible del parto
  • Las 10 semanas restantes se disfrutarán en periodos semanales, de forma acumulada o interrumpida, dentro de los 12 meses siguientes al parto o bien la resolución judicial o decisión administrativa en el caso de adopción.

El permiso se puede ampliar.

También  se establecen determinados supuestos de ampliación de este plazo:

  • Ampliación en 1 semana para cada progenitor por cada hijo/a, a partir del segundo, en caso de nacimiento, adopción o acogimiento múltiples.
  • Igualmente se ampliará 1 semana para cada progenitor en caso de discapacidad del hijo/a.
  • También será el permiso por parto prematuro y hospitalización (por un periodo superior a 7 días) a continuación del parto, hasta un máximo de 13 semanas.

En lo que se refiere a la remuneración, se cobra el 100% de la base reguladora del salario. Para el cálculo de la cuantía se toma  como referencia el que esté vigente en el día que comience el disfrute del permiso.

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Manos de un padre y su hijo

Prestación por nacimiento y cuidado de menor:

Esta prestación se inició en abril de 2019 para sustituir y unificar las prestaciones de maternidad y paternidad. Al igual que el permiso de maternidad, es gestionada por la Seguridad Social. Para poder solicitarla se debe cumplir como requisito fundamental tener un mínimo de cotización.  Según explica la Seguridad Social, se exigirá un mínimo de cotización de la siguiente forma:

  • Si se es menor de 21 años, no se exige período mínimo de cotización.
  • Para una edad   entre 21 y 26 años, se debe acreditar  90 días de cotización dentro de los 7 años inmediatamente anteriores al momento del inicio del descanso o, alternativamente, 180 días cotizados a lo largo de su vida laboral con anterioridad a dicha fecha.
  • En el caso de tener más de 26 años, se debe acreditar 180 días dentro de los 7 años inmediatamente anteriores al momento del inicio del descanso o, alternativamente, 360 días cotizados a lo largo de su vida laboral con anterioridad a dicha fecha.

Al igual que el permiso de paternidad también se cobra el 100% de la base reguladora.

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Prestación económica por parto o adopción múltiple

Esta prestación se cobra en un único pago y tiene como objetivo compensar el aumento de gasto que se producen en las familias el nacimiento o la adopción de dos o más hijos por parto o adopción múltiples.

La cuantía que se cobra varía según el número de hijos y el número de veces del importe mensual del SMI, según la siguiente tabla.

de hijos nacidos Nº de veces del importe mensual del salario mínimo interprofesional (SMI) Importes en el año 2020
2 4 3.800 euros
3 8 7.600 euros
4 y más 12 11.400 euros

Prestación económica por nacimiento o adopción de hijo, en supuestos de familias numerosas, monoparentales y en los casos de madres con discapacidad

Al igual que la anterior ayuda, esta también se realiza  en un pago único en cuanto se reconoce por el nacimiento o adopción de hijo en familias numerosas o que, con tal motivo, adquieran dicha condición, en familias monoparentales y en los casos de madres que padezcan una discapacidad igual o superior al 65%, siempre que no se supere un determinado nivel de ingresos.

El único beneficiario de esta prestación será la madre. La cuantía a cobrar  asciende a los 1.000 euros,  siempre que no superen los límites de ingreso que se establecen en la siguiente tabla.

FAMILIAS NUMEROSAS, MONOPARENTALES Y MADRES DISCAPACITADAS
HIJOS A CARGO LÍMITE MÍNIMO DE INGRESOS ASIGNACIÓN ÍNTEGRA ANUAL (A)(1) LÍMITE MÁXIMO (LM) Ingresos > Lm < LM (2) ASIGNACIÓN ANUAL POR DIFERENCIAS (D) (3) NIVEL MÁXIMO INGRESOS (4)
1 12.424,00 1.000,00 13.424,00 13.424,00 – I > = 28,41 13.395,59
2 14.287,60 1.000,00 15.287,60 15.287,60 – I > = 56,83 15.230,77
3 16.151,20 1.000,00 17.151,20 17.151,20 – I > = 85,25 17.065,95
4 18.014,80 1.000,00 19.014,80 19.014,80 – I > = 113,66 18.901,14
5 19.878,40 1.000,00 20.878,40 20.878,40 – > = 142,08 20.736,32
6 21.742,00 1.000,00 22.742,00 22.742,00 – I > = 170,50 22.571,50
7 23.605,60 1.000,00 24.605,60 24.605,60 – I > = 198,91 24.406,69
8 25.469,20 1.000,00 26.469,20 26.469,20 – I > = 227,33 26.241,87
9 27.332,80 1.000,00 28.332,80 28.332,80 – I > = 255,75 28.077,05
10 29.196,40 1.000,00 30.196,40 30.196,40 – I > = 284,16 29.912,24
n Lm = 12.424,00 +1.846,95
(n – 1)
A  = 1.000,00 LM  = Lm  + A D  = LM  I  siempre que D > = 24,25 euros/año/hijo Nivel máximo =
LM    (24,25 n)
FAMILIAS NUMEROSAS, MONOPARENTALES Y MADRES DISCAPACITADAS A PARTIR DE TRES HIJOS (Con título de familia numerosa) 
HIJOS A CARGO (n) LÍMITE MÍNIMO (Lm) Ingresos <Lm> ASIGNACIÓN ÍNTEGRA ANUAL (A)(1) LÍMITE MÁXIMO (LM)Ingresos > Lm < LM (2) ASIGNACIÓN ANUAL POR DIFERENCIAS (D) (3) NIVEL MÁXIMO INGRESOS (4)
3 18.699,00 1.000,00 19.699,00 19.699,00 – I > = 85,25 19.613,75
4 21.728,00 1.000,00 22.728,00 22.728,00 – I > = 113,66 22.614,34
5 24.757,00 1.000,00 25.757,00 25.757,00 – I > = 142,08 25.614,92
6 27.786,00 1.000,00 28.786,00 28.786,00 – I > = 170,50 28.615,50
7 30.815,00 1.000,00 31.815,00 31.815,00 – I > = 198,91 31.616,09
8 33.844,00 1.000,00 34.844,00 34.844,00 – I > = 227,33 34.616,67
9 36.873,00 1.000,00 37.873,00 37.873,00 – I > = 255,75 37.617,25
10 39.902,00 1.000,00 40.902,00 40.902,00 – I > = 284,16 40.617,84
n Lm  = 18.699,00 + 3.029,00 (n-3) para n I>=  3 A= 1.000,00 LM = Lm + A D  = LM   I siempre que D >= 28,41 euros/año/hijo o menor acogido Nivel máximo =
LM   (24,25 n )

ayuda por hijo a cargo

Permiso para el cuidado del lactante.

Este permiso desde el 1 de abril de 2019 lo pueden disfrutar también los padres, tras la aprobación del Real Decreto-ley 6/2019.

El permiso se puede empezar a disfrutar desde el noveno mes del nacimiento del lactante y hasta el duodécimo. Durante este tiempo la reducción de la jornada de trabajo deberá ser el mismo para ambos progenitores, coincidiendo todos los días.

A diferencia de los anteriores no lo paga la Seguridad Social, sino la propia empresa.

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Ayuda de los puntos o Hijos a cargo.

Esta ayuda consiste en una asignación económica que se concede por cada hijo menor de 18 años a cargo o mayor en el caso de que tenga una discapacidad igual o superior al 65%.

Desde el 1 de enero 2021 desapareció como tal y  pasó a formar parte del nuevo Ingreso Mínimo Vital.

Aunque pueden darse casos en los que una persona que si cumple los requisitos de la ayuda de los puntos, no cumple las del IMV, para estas circunstancias existen algunas excepciones, como las que te contamos aquí.

¿Cómo solicitar estas ayudas?

Para poder solicitar estas ayudas que son gestionadas por la Seguridad Social deben solicitarse en el Instituto Nacional de la Seguridad Social o el Instituto Social de la Marina. El trámite puede realizarse tanto de forma presencial solicitando cita previa para acudir a las oficinas del INSS. También puede solicitarse de forma telemática accediendo a la Sede Electrónica de la Seguridad Social.

Deducción por maternidad

También se ofrecen para las madres trabajadoras con hijos menores de 3 años deducciones de hasta 1.200 euros al año por cada hijo ya sea por nacimiento o adoptado. Así como los gastos de la guardería con un límite de 1.000 euros al año por cada menor de tres años.

Advertencia: Si estas en ERTE la deducción por maternidad puedes perderla, [más información]

 

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