jueves 18 abril 2024

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Cómo solicitar la Ayuda de los puntos o Hijo a cargo en 2021

La Ayuda por hijo a cargo o conocida también como la ayuda de los puntos cambia para este 2021.

madre e hijo

¿Qué es la ayuda de los puntos?

Esta ayuda consiste en una asignación económica que se concede por cada hijo menor de 18 años a cargo de la persona que lo solicita, o mayor si tiene una discapacidad igual o superior al 65% así como los menores acogidos en acogimiento familiar, ya sea permanente o pre adoptivo, siempre que no se superen unos ingresos establecidos.

 

La ayuda desaparece como tal y se integra en el Ingreso Mínimo Vital.

Con la llegada del Ingreso Mínimo Vital, el Gobierno busca unificar las ayudas de la Seguridad Social para agilizar los trámites en la administración, por lo que muchas de estas pasarán a formar parte del IMV.

Es el caso de esta ayuda no contributiva, que no será eliminada,  será integrada en esta nueva prestación de la Seguridad Social, algo que ya se anunció  antes de su puesta en marcha en el mes de junio.

Por lo tanto a partir del 1 de enero de 2021 ya no podrá solicitarse como ayuda, quienes cumplan los requisitos a partir de esa fecha deberán solicitar el Ingreso Mínimo Vital, sin embargo que pasará con aquellas personas que ya son beneficiaría anteriormente.

La Seguridad Social ya aprobó de oficio el Ingreso Mínimo Vital a más de 75.000 familias que cobraban esta ayuda por puntos.

¿Qué pasa con las personas que no se les aprobó de oficio?

Aunque la Seguridad Social aprobará de oficio a muchos beneficiarios de la ayuda por puntos para que pasasen a cobrar el IMV, algo que les comunico vía SMS, muchos otros beneficiarios no fueron aprobados de oficio, esto no quiere decir que no sean beneficiarios del IMV, sino que la Seguridad Social no tiene la suficiente información para tramitarla de oficio, datos esenciales como los ingresos de los miembros de su unidad de convivencia son los que suelen faltar para que el proceso sea tramitado de oficio.

¿Tengo que solicitar  la ayuda por hijos a cargo o el Ingreso Mínimo Vital?

Según la normativa del Ingreso Mínimo Vital, se debe solicitar esta, si se cumplen los requisitos se concederá  y se cobrará esta, pero puede darse el caso que un beneficiario de la Ayuda por puntos no cumpla los requisitos del IMV y si los de esta ayuda, entonces este beneficiario seguirá percibiendo la ayuda por hijo hasta que este sea mayor de edad, eso si siempre y cuando se sigan manteniendo los requisitos de esta prestación no contributiva.

¿Cuánto se cobra en esta ayuda?

La cuantía será de 341 euros por cada hijo o bien 588 para familias en situaciones de pobreza severa.

  • Se cobrará 341 euros anuales por cada  hijo menor de 18 años y sin discapacidad siempre que no se superen  el límite de ingresos anuales establecido en 12.313 euros (más un 15% por cada hijo).
  • En el caso de familias numerosas, para tres hijos a cargo la cuantía a percibir será de 1.023 euros que ira aumentando progresivamente en función del número de hijos.
  • Si se tienen hijos menores de edad con una discapacidad igual o superior al 33% el importe a recibir será de 1.000 euros anuales.
  • Para hijos mayores de edad con una discapacidad mayor del 65% recibirá  4.704 euros al año.
  • Para hijos mayores de edad con una discapacidad mayor del 75%  recibirá 7.056 euros al año.

Los hogares que no superen los ingresos que aparecen las tablas de las páginas 16 y 17 del Real Decreto percibirán 588 euros al año.

¿Durante cuánto tiempo se cobra esta ayuda?

La ayuda económica se seguirá cobrando mientras se sigan cumpliendo los requisitos mencionados anteriormente.

En el momento que  los menores alcanzan la mayoría de edad, se dejaría de cumplir los requisitos (a excepción de que el menor tenga una discapacidad), también se dejará de percibir cuando las rentas superen el tope marcado.

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¿Cuáles son los requisitos?

Los padres y madres que quieran solicitar esta ayuda deberán cumplir una serie de requisitos que serán los siguientes.

  • Residir legalmente en territorio español,  por lo que pueden solicitarlo los residentes extranjeros que se encuentren en situación legal.
  • Tener hijos a cargo o menos acogidos, menores de 18 años o bien mayores afectados por una discapacidad en grado igual o superior al 65%.
    • Cuando se habla » a cargo», quiere decir que los menores deben convivir y depender económicamente de la persona que solicita la ayuda.

  • No tener derecho a prestaciones similares o a cualquier otro tipo de protección social.
  • Además de los progenitores, también pueden solicitarla, si cumplen los requisitos, los adoptantes o acogedores del menor, los huérfanos de ambos progenitores, o los hijos abandonados
  • Tener carencia de rentas, es decir, no percibir ingresos anuales, de cualquier naturaleza, superiores a los límites establecidos (en hijos con discapacidad o menores acogidos, no se exige este requisito).
    • Los límites de ingresos para tener derecho a la asignación económica por hijo o menor a cargo,  quedan fijados en 12.313,00 euros anuales y, si se trata de familias numerosas, en 18.532,00 euros, incrementándose en 3.002 euros por cada hijo a cargo a partir del cuarto, este incluido.

¿Cómo se solicita?

Como hemos mencionado al principio, partir del 1 de junio de 2020 está prestación solo podrá solicitarse por hijos a cargo acogidos menores de 18 años, afectados de una discapacidad de al menos un 33% o mayores afectados de una discapacidad del 65%.

Si no cumples ese requisito deberás solicitar el Ingreso Mínimo Vital, te dejamos una guía completa aquí.

Para solicitar la ayuda por los puntos puedes hacerlo solicitando cita previa en el INSS y presentar el formulario de solicitud.

Si tienes certificado digital, puedes hacerlo telemáticamente desde la propia sede electrónica de la Seguridad Social.

 

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