Con la reforma aprobada por el Gobierno muchos de los subsidios por desempleo desaparecen, entre ellos el subsidio para mayores de 45 años y la Renta Activa de Inserción, ambas ayudas tienen como beneficiarios al colectivo de desempleados de más de 45 años.
Es importante recordar que la entrada en vigor de estos cambios aprobados en el Real Decreto-ley 7/2023, no entran en vigor hasta junio de 2024, por lo que hasta esa fecha un desempleado mayor de 45 años podrá solicitar el subsidio para mayores de 45 años y la RAI.
En este artículo vamos a explicar como queda la nueva ayuda para un desempleado de más de 45 años, tanto si accede tras agotar el paro como si accede al subsidio por no tener cubierto el periodo mínimo de cotización.
¿Cuánto es el subsidio por desempleo para mayores de 45 años?
Los subsidios, salvo el de mayores de 52 años, a partir del 1 de junio de 2024 aumentan su cuantía inicial a 570 euros y decimos inicial porque uno de los cambios que trae la reforma es que esta irá bajando cada seis meses.
Actualmente, la cuantía de los subsidios es de 480 euros, el equivalente al 80% del IPREM. A partir de junio de 2024 pasa al 95% del IPREM (570 euros) durante los primeros seis meses, luego bajaría hasta el 90% (540 euros) y tras otros seis meses se cobraría como hasta ahora el 80% (480 euros).
Partiendo de esta base veamos cuanto puede cobrar un desempleado mayor de 45 años con el nuevo subsidio por desempleo.
Duración del subsidio para mayores de 45
La duración del subsidio para desempleados de 45 años o más va a depender de si se accede por agotamiento de la prestación contributiva, es decir, el paro o bien se accede por no tener cubierto el periodo mínimo de cotización para cobrar el paro, es decir no tener cotizados 360 días.
Subsidio tras agotar la prestación contributiva
En el caso de acceder por agotamiento de la prestación contributiva, la duración para un desempleado mayor de 45 años, que daría así:
En el caso de los desempleados mayores de 45 años sin responsabilidades familiares para poder cobrar el subsidio tienen que haber agotado una prestación contributiva de 120 días. Esto le daría derecho a 6 meses de subsidio, cobrando 570 euros, es decir, cobraría una ayuda de 3.420 euros. 3240
En cambio, en el caso de tener cargas familiares y habiendo agotado también una prestación contributiva de 120 días, tendría derecho a 24 meses de subsidio, cobrando durante 6 meses 570 euros, otros 6 meses 540 euros y el resto del subsidio 480 euros, de modo que la ayuda ascendería a un total de 12.420 euros.
Igualmente, con cargas familiares y habiendo agotado una prestación contributiva de al menos 180 días, podrá cobrar el subsidio durante 30 meses, la duración máxima, cobrando un total de 15.300 euros.
Subsidio por insuficiencia de cotización para pedir el paro tras perder el empleo
Otro de los subsidios que desaparecen, es el subsidio por insuficiencia de cotización, la ayuda que protege a los trabajadores que se quedan en paro y no han cotizado lo suficiente para solicitar la prestación contributiva.
Con la modificación que entra en vigor el 1 de junio de 2024, el nuevo subsidio por insuficiencia de cotización quedaría de la siguiente forma, tanto para desempleados mayores de 45 año como menores:
- 3 meses cotizados y sin responsabilidades familiares: 3 meses de prestación, 570 euros x 3 meses, serían 1.710 euros.
- 4 meses cotizados y sin responsabilidades familiares: 4 meses de duración cobrando 570 euros al mes sería un total de 2.280 euros.
- 5 meses cotizados y sin responsabilidades familiares: 5 meses de duración cobrando 570 euros, serían 2.850 euros.
- 6 meses cotizados, en este caso hay dos posibilidades: si no hay responsabilidades familiares la duración será de 6 meses y en el caso de tenerlas, el subsidio puede durar hasta 21 meses de duración. Con la primera opción se cobraría un total de 3420 euros y con la segunda 10.980 euros.
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