viernes 31 enero 2025
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Arreglar los papeles para cobrar el paro en una baja voluntaria puede salir caro

Pedir a la empresa que arregle los papeles para el paro no es legal y trae consecuencia.

Seguramente habrás oído en más de una ocasión sobre el tema de pedir la baja voluntaria y solicitar un acuerdo para poder cobrar el paro, lo que se conoce como arreglar los papeles del paro.

Como ya sabrás para cobrar el paro hay que tener al menos 360 días cotizados en los últimos 6 años, pero además hay que estar en situación legal de desempleo.

Esta situación se da cuando la perdida del empleo se da por causa ajena al trabajador, ya sea un despido, fin de contrato, ERE, etc., pero no con una baja voluntaria, por lo que no hay derecho a cobrar el paro.

¿Cómo se puede cobrar prestaciones tras una baja voluntaria?

Para que un trabajador que se marcha de la empresa voluntariamente, pueda cobrar el paro, el motivo de su renuncia es por incumplimientos de la empresa. Por ejemplo, que la empresa pague con retraso durante un periodo considerable las nóminas, que la empresa realice cambios sustanciales en las condiciones del trabajador, etc.

En estos casos, el trabajador puede solicitar la baja voluntaria y cobrar el paro. Luego está lo que se conoce como ‘arreglar los papeles del paro‘, una opción que es totalmente ilegal.

Cómo se arregla los papales para cobrar el paro

La “táctica” consiste en hablar con la empresa para que te haga un despido disciplinario falso. ¿La razón?, pues que a efectos económicos para la empresa supone lo mismo, pues tanto en la baja voluntaria como el despido disciplinario no tienen indemnización.

Quien sale más beneficiado, lógicamente, es el trabajador que podrá cobrar prestaciones por desempleo, puesto que estaría en situación legal de desempleo.

Estos acuerdos entre empresario y trabajador por el que se realiza un despido falso están totalmente prohibidos por la ley, ya que se trata de un fraude a la Seguridad Social y al Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE).

Arreglar el paro en una baja voluntaria es ilegal

Una cosa es pedir a la empresa que te arregle los papeles para el paro y proceda a enviar el certificado de empresa al SEPE. Aunque en realidad se le está pidiendo que cumpla con su obligación. Otra muy distinta es que lo haga para que puedas cobrar el paro de forma ilegal.

Esto es un fraude al Servicio Público de Empleo Estatal y por supuesto tiene consecuencias.

Aumentar la indemnización por despido improcedente
Trabajador recibiendo la carta de despido y la indemnización | Foto Pressfoto Freepikcom

¿Cómo detecta la administración que se puede tratar de un fraude?

Uno de los principales motivos de sospecha es que el trabajador no reclame el despido. Por esa razón, en algunas ocasiones el SEPE incluso puede solicitar la papeleta de conciliación, aunque rara vez lo hace, por no decir casi nunca.

También puede sospechar que el trabajador solicite la capitalización del paro para montar su propio negocio, etc.

¿Qué consecuencias tiene arreglar el paro?

Para el trabajador, este intento de fraude tiene como consecuencia principal, la extinción de la prestación y a la devolución de las cantidades indebidamente percibidas. Incluso podría ser excluido de poder solicitar prestaciones o ayudas de fomento del empleo durante un año.

La cosa se pone más dura para la empresa, pues este pacto entre empresa y trabajador para facilitar a este último el cobro de prestaciones se considera una infracción muy grave. Por ello, la empresa que cometa este fraude será sancionada con una multa de entre 7.501 euros a 225.018 euros. Aunque con la reforma legal, este tipo de fraudes ya no solo son una infracción administrativa, sino también penal.

El artículo 307 ter del Código Penal lo deja muy claro: ‘Quién obtenga, para sí o para otro, el disfrute de prestaciones del Sistema de la Seguridad Social, la prolongación indebida del mismo, o facilite a otros su obtención, por medio del error provocado mediante simulación o tergiversación de hechos, o bien la ocultación consciente de hechos de los que tenía el deber de informar, causando con ello un perjuicio a la Administración, será castigado con la pena de 6 meses a 3 años de prisión‘.

Eso sí, dependiendo de la cuantía defraudada, podrá ser más o menos tiempo o incluso ser sustituido por una multa. Además, se perderá la posibilidad de recibir subvenciones o beneficiarse de bonificaciones y otros beneficios durante ese tiempo.

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