sábado 1 febrero 2025
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La medida de la reforma de las pensiones que beneficia a Empleadas del Hogar

Esta medida, que entra en vigor el 1 de octubre, beneficiará a las empleadas del Hogar con contrato a tiempo parcial

Las empleadas del hogar a finales de 2022 vieron equiparados  sus derechos con el resto de trabajadores por cuenta ajena. Así, el Régimen Especial  para Empleados de Hogar ya cotiza por prestación por desempleo, permitiendo a estos trabajadores que mayoritariamente son mujeres, poder acceder a las ayudas del SEPE sin necesitar cotizaciones en otro régimen.

Si bien es cierto, todavía tendrá que pasar un tiempo hasta la fecha en la que una trabajadora doméstica pueda solicitar su prestación por desempleo contributiva del SEPE solo con el Régimen de empleada del hogar.

A pesar de esta equiparación de derechos como trabajadoras, siguen teniendo más dificultades para acceder a una pensión contributiva. La principal razón es que salvo casos excepciones, la mayoría trabaja a tiempo parcial, por lo que para llegar a sumar un año cotizado a la Seguridad Social necesitan, en el mejor de los casos, el doble que un trabajador a jornada completa.

Pero esto está a punto de cambiar gracias a una medida que incluye la segunda pata de la Reforma de las pensiones que ha llevado a cabo el Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y migraciones, dirigido por José Luis Escrivá.

cual es el salario empleadas del hogar por hora
Cuál es el salario de las empleadas del hogar por hora | Foto Zinkevych Freepikcom

Se equipara el trabajo a tiempo parcial con el trabajo a tiempo completo

La nueva medida, que incluye Real Decreto-ley 2/2023 de medidas urgentes para la ampliación de los pensionistas, la reducción de la brecha de género y el establecimiento de un nuevo marco de sostenibilidad del sistema público de pensiones, incluye la modificación, el artículo 247 de la Ley General de la Seguridad Social.

¿Qué es lo que cambia?

Cuando una trabajadora doméstica o cualquier otro trabajador se descarga su informe de vida laboral, en la casilla ‘CTP‘ viene su porcentaje de su jornada laboral. Esto además indicar cuál es la jornada laboral con la que se está dado de alta en la Seguridad Social, también indica cómo se cotiza para el reconocimiento de las pensiones, jubilación, incapacidad permanente, muerte y supervivencias, etc.

Un trabajador a jornada completa cotiza un día por día trabajado, pero un empleado que trabaja tiempo parcial, por ejemplo a 10 horas a la semana (TCP 25%), necesita cuatro días de alta para cotizar 1 día.

Pues a partir del 1 de octubre, en lo que se refiere al cómputo de días, los trabajadores a tiempo parcial cotizarán a la Seguridad Social como a tiempo completo. La base de cotización será la que corresponde por la jornada de trabajo.

De modo que una empleada del hogar, que trabaje 10 horas a la semana con un contrato a tiempo parcial, cotizará el mes completo. Esto significa que llegará antes al mínimo cotizado para acceder a la pensión de jubilación (15 años) que con el sistema actual.

Además, también permitirá acceder a una pensión superior a la que se tendría derecho con el actual sistema, ya que a más años cotizados se accede a una prestación de jubilación superior.

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