jueves 18 abril 2024

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A partir del 1 de octubre la jornada a tiempo parcial cotizará a la Seguridad Social como día completo

La medida beneficiará a más de 2 millones de trabajadores que trabajaban a tiempo parcial

La segunda ‘pata’ de las Reforma de las pensiones, llevada a cabo por el Ministerio de la Seguridad Social, cambiará la forma en que cotizan los trabajadores a jornada parcial.

Cualquier trabajador que trabaja con una jornada a tiempo parcial y consulta su informe de vida laboral, verá que en la casilla de ‘CTP‘ viene su porcentaje de su jornada laboral. Por ejemplo, un trabajador que está a media jornada su CTP será 50 %.

Esto significa que el trabajador, cada día que está dado de alta, cuenta como medio dia cotizado y para sumar un día más a la cuenta total deben pasar dos. De modo que, un trabajador que siempre ha trabajado a media jornada tardará el doble en alcanzar el mínimo de años cotizados para poder acceder a la jubilación.

Pero esto con la reforma de las pensiones cambiará a partir del 1 de octubre, que será cuando la Seguridad Social comienza a contar la jornada a tiempo parcial como un día entero cotizado. Una medida que el ministro José Luis Escrivá asegura que beneficiará a 2 millones de trabajadores.

Así cuenta para la jubilación la jornada parcial tras la reforma de las pensiones

Tal y como recoge el Real Decreto-Ley 2/2023, las personas contratadas a jornadas parciales verán como aumentarán sus días cotizados, que pasarán a contar por día completo.

Esta media, por ejemplo, ya la adoptó el Servicio Público de Empleo Estatal en el año 2018, para cumplir una Sentencia del Tribunal de Justicia Europea. Por lo que se pasó a computar el periodo que ha permanecido el trabajador en alta, independientemente de su jornada de trabajo.

Así, con la modificación del artículo 247 de la Ley General de la Seguridad Social, los trabajadores pueden llegar antes al mínimo de cotización exigido para acceder a la jubilación.

Pero la medida no solo facilitará el acceso a la pensión de jubilación, al no tener que trabajar más años. También les permitirá acceder a una prestación superior, al aumentar el porcentaje.

Por ejemplo, un trabajador que ha trabajado 30 años a media jornada, actualmente le contaría como 15 años cotizados, podría jubilarse, pero accedería una pensión equivalente al 50% de su base reguladora.

En cambio, con esta nueva medida, esos 30 años contarían como 30 años cotizados, lo que le daría acceso a una pensión superior al 80%. O lo que es lo mismo, un 30% más de pensión.

¿Con 30 años cotizados que pensión me quedaría?

Es solo un ejemplo, la medida se aplicará a partir del 1 de octubre de 2023, que será la fecha en que cada día de alta en la Seguridad Social cuente como un día cotizado. La medida no tiene carácter retroactivo para las prestaciones ya generadas, pero sí para las futuras que se van a generar.

Cambios en el cómputo para calcular la pensión

Otra medida que también va a beneficiar a los trabajadores con contratos a tiempo parcial o con lagunas de cotización es el sistema dual para calcular la pensión. Pudiendo elegir el sistema actual, los 25 últimos años cotizados, o bien los 29 últimos años, descartando los dos peores. Aunque esta medida no entrará en vigor hasta el 1 de enero de 2026.

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