Un trabajador ha mostrado su enfado después de que su empresa le pagara de más mientras se encontraba de baja y recuperara ese dinero descontándolo de la nómina del mes siguiente. El empleado asegura que en junio recibió unos 1.300 euros netos y que posteriormente le comunicaron que alrededor de 300 euros habían sido abonados de más. En julio, todavía de baja, su ingreso se quedó en 648,45 euros.
El caso lo ha contado en TikTok Íñigo Mira-Oteiza Miranda, trabajador social especializado en salud mental y discapacidad que comparte contenido desde la cuenta @discapacidadvisible. En el vídeo explica que trabaja para ILUNION en el aeropuerto de Gran Canaria y relata lo ocurrido con sus nóminas después de que el médico le diera la baja el 19 de junio.
Ese mismo mes recibió alrededor de 1.300 euros netos y según explica, en aquel momento tampoco podía comprobar el desglose de la nómina porque no tenía la contraseña necesaria para acceder a ella, pese a que asegura que la había solicitado en varias ocasiones. Fue después cuando, según su versión, la empresa le comunicó que se había producido un error y le habían pagado unos 300 euros de más.
Al mes siguiente seguía de baja y recibió 648,45 euros
El problema llegó con la nómina de julio, cuando el trabajador continuaba de baja y asegura que ese mes recibió 648,45 euros. Al ajuste propio de encontrarse en situación de incapacidad temporal se habría sumado la devolución de la cantidad que la empresa consideraba que había abonado de más durante junio.
La queja del trabajador no se centra en que la empresa quisiera recuperar una cantidad que consideraba pagada por error, sino en que el dinero se descontara de una sola vez en la nómina del mes siguiente. El caso plantea además qué ocurre cuando una empresa paga por error más salario del que corresponde y después reclama su devolución. En el vídeo, el empleado habla de 317 euros al referirse a la cantidad que le quitaron de golpe y explica que, en su opinión, podrían haber contactado con él para buscar una forma de fraccionar la devolución y evitar que todo el ajuste recayera sobre la misma nómina.
«Si os habéis confundido, pues como mínimo, no sé, llamad, ved si se puede fraccionar para no quitarme de golpe en un mes 317 euros».
Para explicar el impacto que ese ajuste tuvo en su economía, el trabajador pone el foco en los gastos cotidianos que cualquier persona debe seguir pagando aunque se encuentre de baja. Alquiler, facturas o alimentación no desaparecen porque los ingresos se reduzcan, y asegura que en su caso puede afrontar la situación gracias al apoyo de su familia.
«¿Cómo paga una persona el alquiler? ¿Cómo paga las facturas? ¿Cómo paga la comida?».
El propio trabajador llega a decir en el vídeo que considera legal lo ocurrido, aunque critica la manera en la que se habría gestionado el ajuste. Sin embargo, con su testimonio por sí solo no es posible determinar si el descuento concreto se realizó correctamente, ya que para ello sería necesario comprobar las dos nóminas, conocer exactamente los conceptos abonados y descontados y tener en cuenta el convenio colectivo que resulte aplicable.
Una baja médica también puede reducir lo que se cobra
La diferencia entre lo ingresado en junio y julio tampoco puede atribuirse únicamente a los aproximadamente 300 euros que la empresa habría pagado de más. El trabajador se encontraba en situación de incapacidad temporal y durante una baja médica lo que cobra no tiene por qué coincidir con el salario habitual. De hecho, cuánto dinero se cobra realmente mientras se permanece de baja depende, entre otros factores, del origen de la incapacidad, de los días transcurridos y de la base reguladora del trabajador.
Según explica la Seguridad Social en la información oficial sobre la cuantía de la incapacidad temporal, cuando la baja deriva de enfermedad común o accidente no laboral se cobra con carácter general el 60% de la base reguladora desde el cuarto hasta el vigésimo día y el 75% a partir del día 21. Si deriva de accidente de trabajo o enfermedad profesional, la prestación es del 75% desde el nacimiento del derecho.
Esas cantidades, sin embargo, pueden mejorar dependiendo de las condiciones laborales de cada persona. Algunos convenios establecen complementos que permiten aumentar lo que recibe el trabajador mientras permanece de baja, por lo que conocer el convenio aplicable también resulta necesario antes de determinar cuánto debería haberse cobrado en un caso concreto.
Por ello, sin disponer del desglose de las nóminas no puede saberse qué parte de la caída hasta los 648,45 euros corresponde al descuento por el supuesto pago de más y qué parte responde a las cantidades que le correspondían durante la baja. Lo que sí relata el trabajador es que ambas circunstancias coincidieron en la nómina de julio.
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El trabajador asegura que no podía consultar la nómina de junio
Hay otro elemento que aparece en su relato y que ayuda a entender su malestar. Cuando recibió los aproximadamente 1.300 euros de junio, asegura que no tenía acceso a su nómina y no podía comprobar qué conceptos le habían pagado. Según cuenta, había pedido la contraseña en varias ocasiones, pero todavía no se la habían facilitado.
El recibo salarial es precisamente el documento que permite comprobar de dónde sale la cantidad que finalmente llega a la cuenta bancaria. El artículo 29 del Estatuto de los Trabajadores establece que el salario debe abonarse de forma documental mediante la entrega de un recibo individual justificativo. Ese documento debe mostrar con claridad y por separado las diferentes percepciones y las deducciones que legalmente correspondan.

En este caso, disponer de las nóminas completas permitiría comprobar qué cantidad se abonó de más en junio, cómo aparece reflejada su regularización en julio y cómo afectó la incapacidad temporal al importe final. Por ahora, lo conocido procede del relato público del trabajador, que ha pedido que su experiencia se difunda y ha centrado su crítica en el impacto de recuperar todo el dinero en una única nómina mientras seguía de baja.

