El Tribunal Supremo confirma que un trabajador puede retirar su baja voluntaria antes de que sea efectiva si no perjudica a la empresa

El Alto Tribunal recuerda que la dimisión no es irreversible y que el empleado puede cambiar de opinión mientras la relación laboral siga vigente y la empresa no haya sufrido un perjuicio.

Presentar una baja voluntaria no significa necesariamente que la decisión sea definitiva, es decir, cabe la posibilidad de que un trabajador puede dar marcha atrás en su dimisión. El Tribunal Supremo ha vuelto a recordar que un trabajador puede arrepentirse y retirar su dimisión antes de la fecha prevista para abandonar la empresa, siempre que ese cambio de decisión no provoque perjuicios a la compañía o a terceras personas.

Así lo ha confirmado el Alto Tribunal en su sentencia 535/2026 (STS 2666/2026) consolidando una doctrina que afecta a cualquier trabajador y despeja las duda sobre la posibilidad de que un trabajador pueda dejar sin efecto su dimisión si se retracta antes de que llegue la fecha en la que iba a producirse la extinción del contrato.

Por qué el Tribunal Supremo entiende que el trabajador puede cambiar de opinión

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El Alto Tribunal explica que una baja voluntaria con preaviso no extingue el contrato desde el momento en que se comunica. Aunque el trabajador anuncie que quiere marcharse, la relación laboral sigue plenamente vigente hasta la fecha fijada para que esa decisión produzca efectos.

Precisamente por ello, el Supremo considera que mientras el contrato continúe vivo, también sigue existiendo la posibilidad de que el trabajador revoque esa decisión. Los magistrados equiparan esta situación al preaviso de un despido comunicado por la empresa, que también puede quedar sin efecto antes de hacerse efectivo en determinadas circunstancias.

Ahora bien, esa posibilidad no es absoluta. La sentencia subraya que el cambio de decisión no puede perjudicar a la empresa ni a terceras personas. Es decir, no basta con arrepentirse, sino que  también debe comprobarse que la empresa no haya reorganizado su actividad o adoptado decisiones irreversibles confiando en la dimisión del empleado. Por ejemplo que ya haya contratado a otro trabajador para sustituirlo.

Por ese motivo, el Tribunal Supremo insiste en que cada caso debe analizarse atendiendo a sus circunstancias concretas. Si la empresa demuestra que ya había contratado a un sustituto, reorganizado el servicio o asumido costes derivados de esa baja voluntaria, la retractación podría no tener eficacia.

El caso que ha llevado al Supremo a reiterar esta doctrina

La sentencia analiza el caso de un trabajador que comunicó por correo electrónico su intención de abandonar la empresa con efectos unos días después. Sin embargo, apenas unas horas más tarde remitió un nuevo mensaje para retirar esa decisión.

A pesar de la rectificación, la empresa mantuvo la baja voluntaria y posteriormente comunicó al empleado la extinción de la relación laboral.

Los tribunales concluyeron que la retractación había sido expresa e inmediata y que, además, la empresa no había acreditado ningún perjuicio derivado del cambio de decisión del trabajador. Por ello, la dimisión quedó sin efecto y la extinción fue declarada improcedente.

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