La prestación por desempleo contributiva (paro) del Servicio Público de Empleo Estatal tiene una regla general y simplificada para calcular cuando paro te puede quedar si eres despedido. Por cada año trabajado se tiene derecho a 4 meses de prestación. Así por ejemplo si has trabajado 3 años te corresponde 12 meses de paro. Pero rara alguien tiene exactamente esos días cotizados, siempre suele haber algunos más.
La mayoría de desempleados piensan bueno he trabajado 3 años y un mes, me corresponderá más de 12 meses de paro ¿no? Lo cierto es que el sistema no funciona así. Existe una tabla que indica los días cotizados y cuantos días de paro se tiene derecho. Pero hay un detalle que muchos pasan por alto, que los días cotizados sobrantes se pierden.
Así lo establece el artículo 269 de la Ley General de la Seguridad Social (Real Decreto Legislativo 8/2015), que regula la duración del paro en función de lo cotizado en los últimos seis años. La propia norma explica que, para determinar esa duración, se tendrán en cuenta todas las cotizaciones que no hayan sido computadas para el reconocimiento de un derecho anterior.
12 meses de paro con 3 años cotizados
Según la normativa, quienes hayan cotizado entre 1.080 (3 años) y 1.259 días (3 años, 5 meses y 14 días aproximadamente) tienen derecho a 360 días de prestación, es decir, 12 meses de paro.
Aquí es donde está la ‘polémica’ un trabajador que ha cotizado exactamente 1.080 días tendrá derecho al mismo paro, en cuanto duración que quien ha trabajado por ejemplo 5 meses más.
Pero la cosa todavía no queda ahí, los días sobrantes, es decir esos 5 meses que ha cotizado, se pierden. Es decir, el SEPE no te los guarda para un futuro.
Los días de más se pierden
El problema llega cuando un trabajador supera el mínimo de un tramo, pero no alcanza el siguiente.
Por ejemplo, con 1.100 días cotizados se cobran 12 meses de paro, exactamente lo mismo que con 1.080 días. Los 20 días extra no aumentan la prestación.
Pero además, esos días tampoco se guardan. Se consumen igualmente al solicitar el paro que bien podrían servirte por ejemplo si luego solo trabajas 7 meses y sumados a eso te darían 12 meses cotizados y podrías cobrar el paro durante cuatro meses.
Tabla oficial del paro según días cotizados
| Días cotizados | Días de paro | Meses aprox. |
|---|---|---|
| 360 – 539 | 120 | 4 meses |
| 540 – 719 | 180 | 6 meses |
| 720 – 899 | 240 | 8 meses |
| 900 – 1.079 | 300 | 10 meses |
| 1.080 – 1.259 | 360 | 12 meses |
| 1.260 – 1.439 | 420 | 14 meses |
| 1.440 – 1.619 | 480 | 16 meses |
| 1.620 – 1.799 | 540 | 18 meses |
| 1.800 – 1.979 | 600 | 20 meses |
| 1.980 – 2.159 | 660 | 22 meses |
| Desde 2.160 | 720 | 24 meses |
Esta escala está recogida en la Ley General de la Seguridad Social y es la que aplica el SEPE para calcular la duración del paro.
Se consumen todas las cotizaciones
Si revisas la tabla los periodos van por rangos de días cotizados y si no alcanzas al siguiente, aunque superes con creces el mínimo que te da derecho al paro, esos días los consumen.

