La Seguridad Social confirma que la baja de más de 545 días es situación asimilada al alta y permite acceder a la jubilación anticipada

El nuevo criterio elimina el bloqueo que sufrían miles de trabajadores en incapacidad temporal prolongada

La Seguridad Social ha aclarado una de las dudas más importantes para los trabajadores de baja médica prolongada, es decir cuando superan los 545 días en incapacidad temporal y el acceso a la jubilación anticipada.

La Seguridad Social ha publicado un nuevo criterio de gestión en el que establece que la situación de prolongación de efectos económicos de la incapacidad temporal una vez transcurridos los 545 días debe ser considerada situación asimilada a la de alta que permita el acceso a la pensión de jubilación anticipada.

Qué cambia tras superar los 545 días de baja

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Cuando un trabajador alcanza los 545 días de incapacidad temporal, deja de estar en una baja ordinaria. A partir de ese momento, sigue percibiendo efectos económicos, pero su situación administrativa generaba dudas hasta ahora.

Con el criterio de gestión 9/2026, la Seguridad Social aclara que ese periodo cuenta como si el trabajador estuviera de alta, es decir está en una situación de alta asimilada.

Esto es clave porque estar en alta o en una situación equivalente es obligatorio para poder acceder a la jubilación anticipada.

Qué significa estar en “situación asimilada al alta”

Es un concepto legal que permite proteger al trabajador cuando no está cotizando activamente, pero sigue vinculado al sistema.

En la práctica, significa que la Seguridad Social reconoce esa situación como válida para solicitar prestaciones, como en este caso la jubilación anticipada.

Hasta ahora, muchos trabajadores en baja prolongada no tenían claro si podían jubilarse porque no estaban trabajando ni dados de alta de forma ordinaria.

Quiénes pueden beneficiarse

Este cambio afecta especialmente a personas que llevan más de un año y medio de baja médica y no han sido dadas de alta ni declaradas en incapacidad permanente.

Se trata de un perfil muy concreto pero numeroso. Trabajadores que siguen en proceso médico, con prestaciones, pero sin una salida clara, esperando si les conceden o no una Incapacidad Permanente o bien reciben el alta médica.

Ahora, si cumplen con la edad y los años cotizados exigidos, podrán solicitar la jubilación anticipada sin tener que reincorporarse al trabajo.

Por qué es una decisión importante

Hasta este criterio, muchos expedientes quedaban bloqueados. El trabajador no podía jubilarse por no estar de alta, pero tampoco podía volver a trabajar por su estado de salud.

Este cambio resuelve ese vacío y facilita el acceso a una pensión en un momento especialmente delicado.

Además, da seguridad jurídica y evita interpretaciones distintas según cada caso.

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