Posiblemente, te habrán comentado que puedes sumar años ficticios de cotización para tu jubilación y te habrán mencionado tanto la cotización por gracia como las conocidas cotizaciones en la sombra. Estas últimas son cotizaciones ficticias que no implican una cotización real, ni genera efectos en la base reguladora ni en el cómputo total de años cotizados.
Como ya sabrás, para qué un trabajador pueda jubilarse en España necesita cumplir ciertos requisitos que son la edad y los años cotizados (mínimo 15 años cotizados). La edad irá aumentando progresivamente hasta 2027, de la siguiente forma:
- 2025: para jubilarte a los 65 años hay que tener cotizados al menos 38 años y 3 meses, si no se alcanza esos años de cotización la edad aumenta hasta los 66 años y 8 meses.
- 2026: para jubilarte a los 65 años hay que tener cotizados al menos 38 años y 3 meses, si no se alcanza esos años de cotización la edad de jubilación será de 66 años y 10 meses.
- 2027: para jubilarte a los 65 años es necesario tener 38 años y 6 meses, si no se alcanza esos años de cotización la edad de jubilación será a los 67 años.
¿Para qué sirven las cotizaciones en la sombra?
Las llamadas “cotizaciones en la sombra” son un mecanismo ficticio y exclusivamente proyectado que tiene como finalidad determinar la edad ordinaria de jubilación aplicable a un trabajador que pretende acogerse a la jubilación anticipada, ya sea voluntaria o involuntaria o para solicitar la jubilación parcial.
Es decir, la Seguridad Social proyecta cuántos años tendría cotizados el trabajador si hubiese continuado cotizando hasta su edad legal de jubilación, y sobre esa base determina qué edad ordinaria se le aplica, y en consecuencia, cuantos meses de adelanto se deben tener en cuenta a efectos de aplicar los coeficientes reductores.
Ejemplo de aplicación de cotizaciones en la sombra para la jubilación anticipada
Imaginemos que un trabajador ahora en 2025 tiene 63 años de edad y 36 años y 6 meses cotizados. En ese momento, solicita la jubilación anticipada a la Seguridad Social. Aquí es donde entran en juego las cotizaciones en la sombra, pues la Seguridad Social proyecta las futuras cotizaciones para ver qué edad podría jubilarse.
Proyecta dos años cuando el trabajador tendría 65 años de edad y también le suma dos años más de cotizaciones, entonces nos encontramos que tendría 65 años y 38 años y 6 meses cotizados. Al comprobar los requisitos de jubilación que ya sería para 2027, para poder jubilarse a los 65 años necesaria 38 años y medio, que es precisamente lo que tendría en caso de seguir cotizando.
Entonces, este trabajador podría jubilarse anticipadamente de forma voluntaria hasta un máximo de dos años, por lo que podría solicitarla a los 63 años. Eso si, como toda jubilación deberá tener en cuenta los coeficientes reductores.
Si hablamos de una jubilación anticipada forzosa, esta permite jubilarse anticipadamente hasta 4 años antes de la edad de jubilación.
¿Y qué pasa con la jubilación parcial?
El mismo criterio se aplica. Si una persona solicita una jubilación parcial tres años antes de su edad ordinaria de jubilación, se le sumarán tres años de cotizaciones en la sombra al cálculo total de su vida laboral.
Este mecanismo permite que trabajadores que decidan retirarse antes, parcial o totalmente, no se vean penalizados si, sumando sus años cotizados reales y los en sombra, cumplen con los requisitos mínimos establecidos por la Seguridad Social.

