viernes 31 enero 2025
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¿Puede la Inspección de Trabajo sancionar a un trabajador por no fichar en el trabajo?

Si una empresa recibe la visita de la Inspección de Trabajo y detecta que hay trabajadores o un trabajador que no registra su jornada laboral, sancionará a la empresa.

Cuando una empresa recibe la visita de un Inspector de Trabajo, una de las cosas que suelen revisar es que la empresa cumpla con el registro horario, por lo que solicitará a la persona de Recursos Humanos que le facilite estos datos.

La ley de registro horario entró en vigor en 2019 por medio del Real Decreto-ley 8/2019, de 8 de marzo, que puedes consultar en el Boletín Oficial del Estado. 

¿La Inspección de trabajo sanciona al trabajador por no fichar?

Los trabajadores tienen la obligación de cumplir también con el registro horario, pero la responsabilidad de que no se cumpla el registro horario es siempre de la empresa. Es decir, si en una Inspección de Trabajo detecta que los trabajadores no registran su jornada, sancionará a la empresa, ya que el trabajador no tiene responsabilidad ante la ley respecto al registro horario que lleve su empresa.

Estas sanciones están recogidas en La Ley sobre Infracciones y Sanciones en el Orden Social (LISOS). El incumplimiento del registro de la jornada es considerado una infracción grave y, por tanto, se sancionan con 751 a 1.500 euros, en su grado medio de 1.501 a 3.750 euros y en su grado máximo de 3.751 a 7.500 euros.

La empresa si puede sancionar al trabajador por no registrar su jornada

Como la responsabilidad de que se cumpla el control horario es de la empresa, esta sí tiene potestad para sancionar al trabajador y evitar que los trabajadores dejen de fichar.  Según señala el artículo 58 del Estatuto de los Trabajadores: “Los trabajadores podrán ser sancionados por la dirección de las empresas en virtud de incumplimientos laborales, de acuerdo con la graduación de faltas y sanciones que se establezcan en las disposiciones legales o en el convenio colectivo que sea aplicable”.

Artículo 58 del Estatuto de los Trabajadores: Faltas y sanciones de los trabajadores
Artículo 58 del Estatuto de los Trabajadores Faltas y sanciones de los trabajadores | Fuente BOE

¿Cuáles pueden ser las sanciones al trabajador por no fichar?

Las sanciones dependerán de la gravedad, por ejemplo, no es lo mismo que un día se te olvide fichar a que sea ya una costumbre por parte del empleado. En el primer caso, lo lógico sería que la empresa advirtiera al trabajador, informándole que es obligación registrar su entrada y salida en el trabajo, con el objetivo de que no vuelva a pasar.

Si tras una primera advertencia el trabajador hiciera caso omiso y continuara sin registrar su jornada, entonces la empresa podría aplicar sanciones más duras, como la suspensión de empleo y sueldo e incluso llegando al despido.

Es cierto, un trabajador que no registra su jornada laboral puede ser despedido, y sería un despido disciplinario, por lo que no tendrías derecho a indemnización.

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