martes 23 abril 2024
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3 bulos sobre el contrato de trabajo a tiempo parcial

Aunque te digan lo contrario, los trabajadores tienen los mismos derechos, independientemente del tipo de contrato y su jornada laboral.

Si estás trabajando o has trabajado con un contrato a tiempo parcial o media jornada, posiblemente hayas escuchado algunos de estos bulos. En este artículo vamos a aclarártelos para que no te la vuelvan a «colar» y reclames lo que es tuyo.

Ya sea con el tipo de contrato indefinido o temporal, hay empresarios que engañan a sus trabajadores indicándoles que por tener un contrato a tiempo parcial no tienen los mismos derechos que los que trabajan a jornada completa.

Horas extraordinarias con un contrato a jornada parcial

Mentiras del trabajo a tiempo parcial

Derecho a menos vacaciones

Tal y como indica el artículo 38 del Estatuto de los Trabajadores, todos los trabajadores tienen como mínimo 30 días naturales de vacaciones al año. Es muy frecuente que te digan que eso es para quienes trabajan a jornada completa, que si por ejemplo estas a media jornada, solo tienes derecho a 15 días.

Eso es mentira, da igual que estés a 10, 20, 30, o 40 horas a la semana, tienes derecho a 30 días naturales de vacaciones. Por cada mes trabajado, independientemente de la jornada laboral, se generan 2,5 días de vacaciones.

No siempre se cobra lo mismo

Esta es sin duda la más descarada, supongamos que tienes un contrato de 30 horas a la semana. Resulta que cada mes tienes un salario diferente. Muchas empresas le echan cara y alegan que como tienes un contrato a tiempo parcial no siempre trabajas las mismas horas y que por ello cobras en función de las horas.

En tu contrato debe aparecer tanto tu jornada laboral y la retribución mensual que tendrás.

clausulas vacaciones y remuneracion en el contrato de trabajo
Cláusulas del contrato de trabajo donde se deben indicar las vacaciones mínimo 30 días naturales y el salario a percibir

Recuperar los días festivos

Los empresarios buscan exprimir al máximo a muchos trabajadores con contratos de 15 o 20 horas y les avisan que tienen que echar esas horas a la semana y que los festivos los deben recuperar.

Estos días no se trabajan y se cobran, por tanto, la empresa ni puede obligarte a recuperar ese día ni puede descontártelo de la nómina.  En el caso de que trabajas el día festivos, la empresa debe o bien compensártelo con día de descanso o pagarte las horas trabajadas ese día como si fueran horas extraordinarias, ya que no entran dentro de la jornada ordinaria.

En este artículo ampliamos más sobre trabajar los días festivos, como se remuneran, etc.

 

 

 

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