sábado 1 febrero 2025
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Una monitora deportiva recibe 6.000 euros y recupera su trabajo tras ser despedida por negarse a trabajar estando de baja médica

Despido nulo de una trabajadora que fue presionada para trabajar estando de baja. Recupera su puesto de trabajo y además recibirá una indemnización de 6.000 euros.

El Tribunal Superior de Justicia de Asturias ha confirmado la nulidad del despido de una monitoria deportiva cuya empresa la presiono para que trabajara estando de baja médica. Ahora la empresa debe reincorporar a la trabajadora, abonarle el salario que dejó de percibir y además una indemnización de 6.000 €.

La trabajadora había sido contratada por el centro deportivo el 12 de septiembre de 2022 con un contrato a  tiempo parcial de 10 horas y 30 minutos a la semana con un salario diario de 11,18 €.

El 22 de diciembre de 2022  sufrió un accidente y se encontraba de baja médica por incapacidad temporal. Ese mismo día la trabajadora le comunica a su empresa que padece un  «latigazo cervical» y que tiene «todo contracturado» tras realizar «una placa».

A pesar de estar de baja, su jefa el lunes 9 de enero de 2023 intentó presionarla a través de una conversación mantenida por WhatsApp para que volviera a trabajar, indicándole que su ausencia afectaba al club y minimizó la gravedad de la situación. Lógicamente, la trabajadora se negó a trabajar estando de baja, por lo que su jefa decidió romper la relación laboral, comunicando su baja a la Seguridad Social el día 9 con afectos del día 7 anterior.

Su jefa quería que trabajara aun estando de baja

A pesar de que estaba de baja, su jefa insistía en que debía reincorporarse al trabajo. En uno de los audios que le mando a la empleada le indicaba que el hecho de que estuviera asegurada fue por “hacerle un favor” y que aunque esté de baja, por ir una hora y media no le hubiera pasado nada.

Después de que la trabajadora le indicara que no tiene que ir a trabajar de baja, le contestó que eso se lo podría “contestar una persona que está en el Mercadona, no en un Club Deportivo y más cuando tenemos a la vuelta de la esquina las competiciones”.

La conversación continuó con la jefa reprochándole que ella está cobrando cuando la empresaria no puede hacerlo, en una situación que le está “generando mucha presión” y luego “resulta que estás mala para lo que te da la gana”.

Despido nulo por ser una represalia, por estar de baja

En este caso, la conversación mantenida entre empleada y trabajadora ha sido determinante para confirmar que su despido se debe a una represalia por estar de baja médica y, por tanto, se le ha discriminado por su enfermedad.

Tal y como señalaron el Juzgado de lo Social y recientemente el Tribunal Superior de Justicia de Asturias, no hay duda de que el despido viene motivado por la negativa de la trabajadora de prestar sus servicios estando de baja y que por ello la empresa decide despedirla.

Por tanto, se condena a la empresa a readmitir a la trabajadora abonando los salarios de tramitación, pero además una indemnización de 6.000 euros por daños morales.

Recurso rechazado

La primera sentencia fue recurrida por la empresa, alegando que la trabajadora había manifestado su voluntad de no seguir con la empresa, por lo que su cese no debería ser considerado como despido. Sin embargo, el tribunal confirmó la nulidad del despido en su sentencia 598/2024 y rechazó los argumentos de la empleadora, ya que si bien es cierto que se habla de una baja voluntaria, la propia trabajadora manifiesta sus dudas sobre ello.

El Tribunal recuerda que la baja voluntaria debe manifestarse de forma expresa por el trabajador o bien de forma tácita.  Por ello, rechaza la pretensión de la empresa de que el despido sea considerado una baja voluntaria.

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