El Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE) permite solicitar el pago único de la prestación, es decir, cobrar todo el dinero de golpe. Esta opción solo está disponible si es para montar un negocio propio, es por ello que la administración solicitará varios documentos para acreditar que se ha usado ese dinero para ese cometido, como por ejemplo el alta en el RETA.
Precisamente es lo que solicitó el desempleado de esta historia, que quería utilizar el dinero del paro para comprar un bar. Sin embargo, se verá obligado a devolver la cantidad de 30.468,04 €. ¿El motivo? La Inspección de Trabajo lo pilló trabajando precisamente en el bar que quería comprar sin estar dado de alta en la Seguridad Social.
La inspección lo encontró trabajando pese a estar cobrando el paro
Los hechos ocurrieron el 15 de febrero de 2022. Ese día, a las diez y media de la mañana, un inspector de Trabajo acompañado de agentes de Policía Nacional entró en el bar donde casualmente se encontraba el trabajador sirviendo bebidas con su delantal puesto, atendiendo la barra y utilizando la caja.
Cuando le preguntaron, él mismo reconoció que era camarero y que había ido a echar una mano un rato. El problema es que en ese momento estaba cobrando la prestación por desempleo y no estaba dado de alta en la Seguridad Social. Tampoco había comunicado al SEPE que estuviera trabajando, algo obligatorio incluso aunque fuera solo una colaboración puntual.
El bar todavía no era suyo
Uno de los puntos clave del caso es que el bar no era suyo todavía. Aunque era socio minorista de la empresa que lo explotaba, no era administrador, no tenía funciones laborales y no estaba asociado como autónomo (precisamente para eso solicitó el pago único).
Tres días después de la inspección, el 18 de febrero, compró las participaciones del negocio, pasó a ser administrador único y se dio de alta como autónomo. Esa maniobra es la que él defendió como prueba de que lo que hacía en el bar era simplemente preparar su futura actividad.
La justicia confirma que tiene que devolver el dinero
Tras la inspección, el SEPE dictó una resolución extinguiendo su prestación por infracción muy grave. Esa decisión quedó firme porque el trabajador no la recurrió. En consecuencia, según la Ley General de la Seguridad Social, el reintegro del dinero recibido es automático.
A continuación, el SEPE inició un procedimiento de cobro indebido y le reclamó la totalidad del pago único que había recibido para iniciar su actividad. El trabajador acudió a los tribunales argumentando que actuó de buena fe y que solo estaba ayudando en el bar que iba a comprar. Incluso alegó que la sanción era desproporcionada.
Sin embargo, tanto el Juzgado de lo Social como luego el Tribunal Superior de Justicia de Cataluña en su sentencia 5696/2025 rechazaron sus argumentos. El tribunal consideró probado que estaba trabajando mientras cobraba el paro y que la Administración actuó correctamente. El acta de la Inspección tiene presunción de veracidad y no se aportó ninguna prueba que la contradijera.
Por tanto, confirma que tendrá que devolver los más de 30.000 euros que cobro de paro.

