La Incapacidad Temporal es la situación en la que un trabajador no puede desempeñar sus funciones laborales debido a una enfermedad o accidente, ya sea de origen laboral, como un accidente en el trabajo o porque lo sufra en su tiempo libre. Así lo define el artículo 169 de la Ley General de la Seguridad Social (LGSS).
En estas situaciones al no trabajar no se cobra la nómina, sino que cobra una prestación de la Seguridad Social que corresponde a un porcentaje de la base reguladora que varía dependiendo de la contingencia (enfermedad común o accidente laboral).
En estas situaciones muchos trabajadores se llegan a preguntar que pueden hacer mientras están de baja laboral, es decir, si sería posible trabajar cuando se está de baja por Incapacidad Temporal.
Sanciones por trabajar estando de baja
Como hemos mencionado el artículo 169 de la Ley General de la Seguridad Social define la incapacidad temporal por el tiempo que el trabajador está impedido para el trabajo y por consiguiente, ese tiempo que está de baja médica no es posible trabajar y de hacerlo puede conllevar sanciones, tanto para el trabajador como para la empresa. Aunque hay excepciones.
En este sentido, el artículo 175 de la LGSS establece que el derecho al subsidio por incapacidad temporal podrá ser denegado, anulado o suspendido cuando el beneficiario trabaje por cuenta propia o ajena.
Pero además de la suspensión del subsidio, también puede acarrear otras sanciones. La Ley de infracciones en el Orden Social (LISOS) recoge en su artículo 25 este comportamiento como una infracción grave.
La sanción que se establece es perder el derecho a cobrar la prestación durante un período de tres meses. Pero además también puede tener consecuencias con la empresa para la que se trabaja.
¿Qué pasa si estoy de baja y trabajo? ¿Me puede sancionar la empresa?
Estar de baja por incapacidad temporal y continuar trabajando a pesar de la baja, ya sea en una empresa o por cuenta propia, además de ser un fraude a la Seguridad Social, puede ser un comportamiento sancionable por parte de la empresa en la que no se trabaja.
Este comportamiento puede suponer un despido disciplinario, lo que tiene como consecuencia no tener derecho a recibir ninguna indemnización, aunque sí habrá derecho a paro.
Ahora bien, habrá que mirar si realmente la actividad que se desarrolla es incompatible con la baja médica y es que la realidad es que hay sentencias que han permitido a los trabajadores desarrollar una actividad y si por ejemplo en el convenio colectivo impide que se pueda realizar una actividad por cuenta propia o trabajar para otra empresa del mismo sector.
En este caso tenemos el ejemplo de un trabajador que fue despedido estando de baja por ansiedad y ofrecía sus servicios como diseñador web. O el despido de una trabajadora que durante su baja tras operarse un juanete del pie grabó sus videoclips para lanzar su carrera musical.
El primer ejemplo, la justicia indicaba que su actividad era compatible con su baja, pues no afectaba a su recuperación, pero en el segundo, como estaba operada de un pie y en los vídeos se la veía bailando, estaba perjudicando su recuperación.
En resumen, si se trabajan en dos empresas, que en una de ellas se esté de baja, no significa que sea incompatible trabajar en la otra, salvo que la causa de la baja sea incompatible con la otra actividad. El Tribunal Supremo establece los siguientes requisitos para que un trabajador de baja pueda trabajar en otra empresa:
- Que no perjudiquen el proceso de recuperación.
- Que no supongan un riesgo para la seguridad y salud del trabajador.
- Que no sean incompatibles con las obligaciones del trabajador en su puesto de trabajo.
¿Y si la empresa donde estoy de baja me pide que trabaje estando de baja?
Supongamos que la empresa para la que trabajamos y por la que estamos de baja nos pide trabajar durante nuestra baja y nos ofrece cobrar parte de nuestro salario en negro.
Si realiza esta propuesta, bajo ningún concepto debes aceptarla, pues estarías cometiendo un fraude a la Seguridad Social y si la empresa te amenazara con despedirte, este despido sería nulo.
En estos casos, lo que tienes que hacer es presentar una denuncia ante la Inspección de Trabajo y ya se encargaran ellos de sancionar a la empresa.