viernes 31 enero 2025
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Sanciones del SEPE por no dar de baja tu prestación al encontrar empleo

Los desempleados que cobran prestaciones del SEPE están obligados a comunicar al SEPE cualquier situación que cause la suspensión o la extinción de la prestación.

El cobro de prestaciones del SEPE, ya sea el paro o bien el subsidio por desempleo, son incompatibles con el trabajo.  Aunque si hay casos en los que se puede compatibilizar el cobro de la prestación y un trabajo, siempre que no sea a jornada completa.

Estoy cobrando el paro y he encontrado empleo ¿Tengo que avisar al SEPE?

Sea como sea, en el momento que se produzca una situación que cause la suspensión o la extinción de la prestación o el subsidio, es necesario comunicarlo al Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE).

Posiblemente, pienses que no hace falta comunicarlo, pues una vez firmes el contrato de trabajo y la empresa lo comunique al SEPE, tramitará tu baja como demandante de empleo y por consiguiente tu prestación. También es cierto que el SEPE puede cruzar datos con la Seguridad Social y lo hará, pero cuando ya haya detectado la infracción.

El SEPE te seguirá pagando la prestación por desempleo

Si no realizar la comunicación, el SEPE seguirá abonándote la prestación por desempleo,  y claro, ya será considerado como un cobro indebido, que luego te reclamará.

Es más, no podrás indicar que desconocías esta norma, pues además de indicarse en la web del SEPE, también lo están el formulario de solicitud de prestación. Por eso es importante en todo documento leer la letra pequeña.

obligacion de comunicar al sepe la baja del cobro de prestacion
Obligaciones que aparecen en el formulario de la prestación por desempleo

¿Cuál es la sanción por trabajar cobrando el paro?

El Servicio Público de Empleo Estatal considera que la no comunicación de la colocación cobrando prestación, dando lugar a trabajar cobrando el paro, siendo incompatible, es una infracción grave y, por tanto, las sanciones podrían ser las siguientes.

Lo primero lógicamente es que tendrás que devolver el importe de la prestación que has cobrado de forma indebida. Y ojo, porque una vez el SEPE comunique el cobro indebido, se tienen 30 días para devolver dicha cuantía.

Además, podrá imponer multas según la siguiente escala:

  • 1ª. Infracción. Pérdida de 3 meses de prestaciones.
  • 2ª. Infracción. Pérdida de 6 meses de prestaciones.
  • 3ª. Infracción. Extinción de prestaciones.

Se aplicarán estas escalas a partir de la primera infracción y cuando, entre una infracción grave y la anterior, no hayan pasado más de los 365 días, con independencia del tipo de infracción.

El régimen de sanciones se regula en dos normas: la Ley General de la Seguridad Social LGSS y el Real Decreto 625/1985.

¿Qué pasa si no puedo devolver un cobro indebido?

En caso de no poder hacer frente a esta deuda con el SEPE en el plazo de 30 días, se puede solicitar el aplazamiento o fraccionamiento de la deuda. Su aprobación conllevará la aplicación del correspondiente interés de demora.

Si no se realiza la devolución y luego se es beneficiario de prestaciones por desempleo, el SEPE procederá a compensar de la nueva prestación la deuda.

Por último, si en el plazo de 30 días no se devuelve el dinero, pero tampoco se solicita un aplazamiento o fraccionamiento de la deuda, el SEPE aplicará un recargo del 20% sobre el importe del cobro indebido.

Si el reintegro, la compensación o la solicitud de fraccionamiento o aplazamiento se realizasen después del plazo voluntario, la cantidad adeudada se incrementará con los recargos establecidos legalmente.

Cómo comunicar mi colocación al SEPE

Tanto si aún no has cobrado el paro como si ya has cobrado la prestación y empiezas a trabajar, es obligatorio informar al SEPE.

Puedes hacerlo por las siguientes vías:

  • Por teléfono llamando al número de atención a la ciudadanía de tu provincia. Puedes consultar el número en el listado en la web del SEPE.
  • De forma presencial acudiendo a tu oficina de empleo, aunque primero debes solicitar cita previa en el SEPE.
  • También puedes hacerlo en cualquier momento por internet desde la Sede Electrónica del SEPE. Para ello debes dirigirte dentro a Baja de la prestación. Puedes acceder al formulario desde este enlace directo.

 

 

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