martes 23 abril 2024
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Estoy trabajando, pero no he firmado el contrato de trabajo

Estas son a las consecuencias de trabajo sin firmar el contrato

Son muchos los trabajadores que comienzan a trabajar y no firman ningún contrato. Aunque se pueda pensar lo contrario, no es necesario que el contrato de trabajo este por escrito, ya que en España es totalmente legal el contrato de trabajo verbal. Así lo indica el artículo 8 del Estatuto de los Trabajadores (ET).

Independientemente de si el contrato laboral es por escrito o verbal, es obligatorio dar de alta al trabajador en la Seguridad Social desde el primer día que se trabaja. Esto se puede comprobar fácilmente descargando el informe de vida laboral. En este informe  de la Seguridad Social aparecerá el día de alta, que debe coincidir con tú como mínimo con tu primer día de trabajo (hay casos que la empresa da de alta un día antes, aunque raras veces se da).

Si la empresa no ha dado de alta al trabajador, habrá que presentar una denuncia ante la Inspección de Trabajo, para exigir el alta en la Seguridad Social. Hecho por el que la empresa será sancionada.

¿Cuándo es obligatorio que el contrato sea por escrito?

En el mismo artículo 8 del ET se indica cuando se debe realizar el contrato por escrito. Básicamente, se establece que no es necesario el contrato de trabajo por escrito cuando sea de duración determinada y su duración sea inferior a 4 semanas. Lo mismo sucede con los contratos indefinidos a jornada completa.

Con todo esto, que no sea obligatorio, no impide a un trabajador exigir en cualquier momento que se haga el contrato por escrito.

¿Por qué es importante tener el contrato de trabajo por escrito?

Lo primero, es porque en el contrato se recogen las condiciones de tu contratación: categoría profesional, horario, fecha de comienzo y fin (contrato temporal) salario, etc. Es decir, los elementos esenciales del contrato de trabajo.

Son datos importantes que la empresa está obligada a informarte y que te servirán para reclamar en caso de incumplimiento por parte de la empresa.

Por ejemplo, uno de lo más frecuentes es que la empresa te ponga una categoría inferior a las funciones que estás realizando.

El contrato de trabajo debe estar firmado por ambas partes

Para que un contrato de trabajo tena validez debe estar firmado por las dos partes, el trabajador y el empresario. Así lo establece el Estatuto de los trabajadores en su artículo 8.

Trabajador firmando su contrato laboral
Trabajador firmando su contrato laboral

La empresa está obligada a dar una copia del contrato de trabajo

Cuando se realiza un contrato de trabajo por escrito, la empresa está obligada a entregar al trabajador una copia del contrato firmado y sellado por el empresario.  Aunque lo normal es que te den la copia en el mismo momento de la firma, hay empresas que hasta que no realizan la comunicación con el SEPE no entregan este documento.

Igualmente, hay empresas que no dan la copia, algo que puede acarrear sanciones, sobre todo cuando el contrato debe hacerse por escrito. Es más, si la modalidad de contrato obliga a que sea por escrito y no lo hacen, tu contrato pasará a ser indefinido y a jornada completa.

En consecuencia, la empresa también será sancionada.  Tal y como recoge la Ley sobre Infracciones y Sanciones en el Orden Social en su artículo 6, no informar por escrito al trabajador sobre los elementos esencial del contrato y las principales condiciones de ejecución de la prestación laboral, en los términos y palazos establecidos reglamentariamente se considerará una infracción leve.  Una infracción leve es sancionada con una multa de entre 60 y 625 euros.

Recuerda, siempre que vayas a solicitar o reclamar a tu empresa, hazlo por escrito para que quede constancia. De modo que debes presentar dos copias de tu escrito, uno que se queda la empresa y otro que deben firmarte para dejar constancia de que han sido informados de tu petición. Otra opción es que grabes la conversación.

La razón de hacerlo así es simple, en el caso de que la empresa quiera sancionarte o incluso despedirte, podrás demostrar que la decisión ha sido como represalias por informar a la empresa de su obligación de darte tu copia del contrato firmado.

Consultar los datos de tu contrato a través del SEPE

Si por algún motivo necesitas consultar los datos de tu contrato  de forma urgente y la empresa no te lo facilita, siempre puedes bajarte una copia básica de tu contrato de trabajo. Se trata de la comunicación que las empresas están obligadas a enviar el SEPE en un plazo máximo de 10 días desde que se firma el contrato.

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

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