¿Qué es la supuesta ayuda de 733 euros para mayores de 30 años? Esta es la prestación que puedes cobrar si reúnes los requisitos

A estas alturas seguro que has oído hablar de la ayuda de 733 euros para mayores de 30 años que ofrece la Seguridad Social. Posiblemente como que es algo novedoso, pero la realidad des que es una ayuda que lleva tiempo y lo que ha cambiado es su cuenta.

Hablamos del Ingreso Mínimo Vital (IMV) que aún suele concederse a unidades familiares, también se puede solicitar como beneficiario individual, aunque para ello hay que cumplir unos requisitos.

¿De dónde salen los 733 euros?

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La cifra de 733 euros no es fija ni universal, sino que es la cuantía que corresponde para un beneficiario individual tras la actualización de las cuantías para este 2026 del IMV.  Además, es importante dejar claro eso es la renta mínima garantizada. ¿Qué quiere decir eso? Pues que aunque esa sea la cuantía no siempre es lo que te va a pagar la Seguridad Social.

Es decir, si tienes otros ingresos compatibles y que no superen esa renta garantizada, la Seguridad Social lo que hace es pagarte la diferencia hasta llegar a esa cantidad. En otras palabras, la Seguridad Social lo que hace es complementar tus ingresos para que alcances esa renta mínima.

Quién puede cobrar esta ayuda siendo mayor de 30 años

Para acceder al Ingreso Mínimo Vital como persona individual, es necesario cumplir una serie de requisitos básicos:

  • Tener al menos 23 años (por lo que los mayores de 30 entran en este grupo).
  • Residir legalmente en España.
  • Estar en situación de vulnerabilidad económica.
  • No superar los límites de ingresos y patrimonio. Aquí hay que tener en cuenta que los ingresos mensuales deben ser inferiores a la renta garantizada, concretamente al menos 10 € por debajo.

Pero hay un requisito clave que muchas personas pasan por alto.

Hay que haber vivido dos años fuera de casa de los padres y haber trabajado un año.

Uno de los motivos por los que a mayores de 30 años se les rechaza la ayuda es no acreditar una independencia real. Si vives solo, la Seguridad Social comprobará que:

  • No formas parte de una unidad familiar
  • No te has independizado recientemente sin estabilidad

Por ejemplo, si hace poco vivías con tus padres y te empadronas solo para pedir la ayuda, lo más probable es que la solicitud sea denegada.

En el propio artículo 10 de la Ley 19/2021, de 20 de diciembre, establece que se entenderá que una persona ha vivido de forma independiente siempre que acredite que su domicilio ha sido distinto al de sus progenitores, tutores o acogedores durante los dos años inmediatamente anteriores a la solicitud.

Pero además y muy importante, es que en dicho periodo es necesario haber permanecido  durante al menos doce meses, continuados o no, en situación de alta en cualquiera de los regímenes que integran el sistema de la Seguridad Social, incluido el de Clases Pasivas del Estado, o en una mutualidad de previsión social alternativa al Régimen Especial de la Seguridad Social de los Trabajadores por Cuenta Propia o Autónomos.

De modo que no solo tienes que demostrar que llevas dos años viviendo fuera de casa de tus padres, también has tenido que trabajar al menos un año.

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