viernes 29 marzo 2024

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Pensión de jubilación denegada: cómo reclamar

Durante el 2020, el Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS) denegó 27.727 pensiones.

Una de las mayores satisfacciones que tiene un trabajador cuando llega a la edad de jubilación, es presentar la solicitud para poder cobrar su pensión. Ese momento en el que el Estado te devuelvo lo que has ido aportando año tras año con esfuerzo.

Sin embargo, en ocasiones el INSS puede cometer errores y  denegar la pensión de jubilación.  Entre los motivos que suele alegar para rechazar la pensión, destacan errores en la propia solicitud, que la persona solicitante no tenga los suficientes años cotizados (15 años como mínimo), tener deudas con la Seguridad Social (suele darse en los autónomos). También puede darse el caso que el solicitante esté cobrando una prestación y esta sea incompatible.

Una vez presentada la solicitud para cobrar la pensión de jubilación el INSS dispone de 90 días para contestar si es aprobada o rechazada. No obstante si pasado ese tiempo no se recibe notificación alguno, se entiende que la solicitud ha sido rechazada

Si no se está de acuerdo con la resolución del Instituto Nacional de la Seguridad Social, se puede reclamar. Para ello debes seguir los siguientes pasos.

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Pasos parar reclamar la pensión.

Si te han rechazado la pensión y no estas de acuerdo con el motivo que alegan para denegártela debes presentar una reclamación.  Dispondrás de 30 días para presentar esta reclamación administrativa en el INSSS, que deberá administrar o no en un plazo de 45 días.

Si pasado ese tiempo no recibimos respuesta, se entiende que ha sido rechaza. Es lo que se conoce como silencio administrativo.

Si esta reclamación es rechazada y aun así estamos seguro de que cumplimos con los requisitos, ya debemos presentar una reclamación judicial.

Se deberá interponer ante el juzgado de lo social una demanda contra el INSS en el plazo de 30 días desde  la fecha de notificación de la negación de la reclamación anterior.

Será entonces un juez, quien en virtud de las pruebas presentadas  el que estimará o no la demanda, reconociendo o no el derecho a la pensión.

Si la sentencia es negativa y no reconoce la pensión, el jubilado puede iniciar el correspondiente recurso dependiendo de la instancia en la que se encuentre, ante el Tribunal Superior de Justicia (TSJ) de cada comunidad autónoma en caso de primera instancia o ante el Tribunal Supremo (TS).

 

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