El Complemento de Apoyo al Empleo (CAE) permite mantener el cobro de la prestación a la vez que trabajar, es decir, si estás cobrando el paro o el subsidio y encuentras un trabajo puedes seguir cobrando tu prestación. El Servicio Público de Estatal de Empleo (SEPE) ya ha informado que en el caso de cumplir los requisitos se aprueba de oficio.
Esto para muchos desempleados que cumplen los requisitos puede parecer un problema porque en muchas ocasiones pueden verse que solamente van a cobrar 30 euros de prestación si es el CAE por un subsidio o 90 euros en el caso de ser el CAE por paro. En estas situaciones muchos desempleados se preguntan si es posible evitar que el SEPE se lo reconozca de oficio y suspender la prestación.
Sí, aunque el SEPE vaya a aprobar de oficio el CAE es posible suspender la prestación y que no te consuma días de cobro.
Cómo suspender el CAE si estás cobrando el paro contributivo
Aquí si puedes ‘parar’ el CAE aunque se te reconozca de oficio. El SEPE indica expresamente que, cuando te reconozca el CAE cobrando el paro “de oficio”, puedes “suspender dicha compatibilidad” (es decir, pedir la baja/suspensión del CAE) y pasar a la situación normal de prestación suspendida por colocación.
Las vías para hacerlo son las siguientes:
- De forma presencial en las oficinas del SEPE (para ello debes solicitar cita previa) y una vez allí, deberás rellenar la solicitud de desistimiento, de suspensión o de renuncia del derecho o de la modalidad de pago de las prestaciones por desempleo.

- Por teléfono llamando al 060
- También lo puedes hacer online usando el trámite “Baja del complemento de apoyo al empleo (CAE) reconocido de oficio en prestaciones contributivas”.

Quitar el Complemento de Apoyo al Empleo (CAE) cobrando un subsidio
En el caso del CAE cobrando un subsidio es más ‘especial’. Primero porque el SEPE dice que no es voluntario, se reconoce de oficina, y además remarca supuestos donde “no puedes compatibilizar” (y en esos casos debes comunicarlo).
Estos supuestos son:
- Si accediste al subsidio teniendo suspendida tu relación laboral por un ERE o por el mecanismo RED.
- Si te contrata una empresa que tenga tramitado un expediente de regulación de empleo (ERE) en el momento de la contratación.
- Si has trabajado en los últimos 12 meses anteriores a la fecha del contrato en la misma empresa que te contrata.
- Si eres familiar del empresario/a o de personas con cargos de dirección o administración de la sociedad (cónyuge, ascendientes, descendientes u otros parientes hasta 2º grado, por consanguinidad/afinidad o adopción).
Si se dan estos casos, tienes que comunicarle al SEPE la incompatibilidad para que no te aplique de oficio el CAE con el subsidio por desempleo. Recuerda que es una obligación del desempleado comunicar las situaciones incompatibles con prestaciones y no hacerlo conlleva sanciones.
En el caso de que no se den situaciones de incompatibilidad, lamentablemente el CAE se te va a aplicar de oficio. Lo que sí puedes hacer en subsidios es gestionar lo que ocurra cuando toque la prórroga. Recuerda que los subsidios hay que renovarlo cada tres meses y en este caso para mantener el CAE hay que renovarlo, si no lo renuevas, pues causarás baja.
Fin del contrato que ha originado el CAE
Ojo, que si el trabajo que ha originado el CAE termina, tendrás también que comunicarlo al SEPE en un plazo no superior a 15 días. Se extinguirá la prestación y tendrás que solicitar nuevamente el subsidio, tal y como indica la web del SEPE.

