¿Me puede obligar la empresa a trabajar el 13 de octubre si es fiesta nacional? Así debe compensarte ese día

El 12 de octubre, Día de la Hispanidad, es una de las fiestas nacionales más relevantes del calendario laboral español. En 2025 cae en domingo, lo que plantea una duda habitual: ¿se traslada la festividad al lunes 13 de octubre y, si la empresa exige trabajar ese día, cómo debe compensarse?

El 12 de octubre no siempre se traslada al lunes siguiente

La normativa laboral vigente prevé que, cuando una fiesta nacional coincide en domingo, las comunidades autónomas pueden decidir trasladarla al lunes siguiente, pero no están obligadas a hacerlo. Por tanto, el 13 de octubre solo será festivo donde así lo haya acordado cada comunidad en su calendario anual.

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Antes de tomar decisiones, conviene revisar el calendario laboral de 2025 en España (festivos y puentes clave), donde se detallan los días no laborables por comunidad autónoma.

Comunidades que trasladan el festivo al lunes 13 (y las que no)

En 2025, solo cinco comunidades han pasado la festividad del 12 de octubre al lunes 13: Andalucía, Aragón, Asturias, Castilla y León y Extremadura. En el resto de comunidades, el 13 de octubre es laborable y no tiene la consideración de festivo.

Si tu comunidad no traslada el festivo

Si trabajas en una comunidad donde el lunes 13 no es festivo:

  • La empresa puede exigir tu presencia si coincide con tu jornada habitual.
  • La jornada se retribuye de forma ordinaria, sin recargos ni descansos compensatorios, salvo que tu convenio colectivo establezca mejoras específicas.

En la práctica, los trabajadores de estas comunidades pierden ese festivo, ya que no se traslada ni se compensa por haber coincidido en domingo.

Si tu comunidad sí traslada el festivo

Si tu comunidad ha declarado festivo el lunes 13:

  • Con carácter general, no pueden obligarte a trabajar, salvo que lo prevea el convenio colectivo o se trate de actividades esenciales (sanidad, transporte, hostelería, seguridad, entre otras).
  • Si trabajas ese día, la compensación se rige por la normativa aplicable (art. 47 del RD 2001/1983 y Estatuto de los Trabajadores) y por tu convenio:
  1. Retribución con recargo: incremento mínimo del 75% sobre el salario ordinario de ese día.
  2. Descanso compensatorio equivalente: un día libre adicional por el festivo trabajado.

Puedes ampliar los detalles prácticos en esta guía sobre trabajar un día festivo y lo que debes saber.

Qué debes tener presente

Si el 13 de octubre no es festivo en tu comunidad, se trabaja con normalidad y el salario es el habitual. Si sí es festivo, el trabajo solo procede cuando lo permita el convenio o la naturaleza del puesto, y debe compensarse con el recargo mínimo o con un día de descanso.

En cualquier caso, la compensación por trabajo en festivo es un derecho irrenunciable del trabajador. Revisa siempre el calendario oficial de tu comunidad y las cláusulas de tu convenio antes de aceptar o rechazar turnos ese día.

Y si teletrabajas, ¿qué festivos te corresponden?

En el caso de quienes trabajan a distancia, se preguntan qué festivos corresponden a los que teletrabajan. Pues, los festivos laborales que corresponden dependen del lugar donde se ubica el centro de trabajo habitual, incluso aunque se trabaje desde otra comunidad autónoma.

Esto significa que si teletrabajas desde Andalucía para una empresa con sede en Madrid, te regirás por el calendario madrileño, no por el de tu residencia.

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