sábado 1 febrero 2025
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Llevo meses en ERTE, ¿estoy cotizando?

Los ERTE vuelven a subir y ya superan los 900.000 trabajadores.

Tras los últimos datos conocidos de paro y la reciente subida de trabajadores que se encuentran bajo un Expediente Regulador Temporal de Empleo como consecuencia de las medidas restrictivas que se aplicaron durante el mes de febrero, las previsiones de que la situación pueda mejorar a corto plazo son casi nulas.

Muchos trabajadores llevan meses bajo un ERTE, lo que ha limitado su poder adquisitivo, ya que han pasado a cobrar el 70% de su base reguladora. Los trabajadores que se encuentran cerca de su jubilación han mostrado su preocupación sobre como afectarán estos meses a su pensión.

Prestación por desempleo.

Durante los primeros meses de la pandemia, el Gobierno para proteger a los trabajadores que apenas tenían cotizado y no iban a poder cobrar la prestación por desempleo, aprobó un decreto ley por el cual cualquier trabajador en ERTE cobraria la prestación por desempleo aunque no tuviera los suficientes días cotizados, además de aprobar el contador a 0, es decir, tampoco consumirían sus días cotizados que generan derecho a prestación o subsidios.

La sorpresa se la han encontrado aquellos trabajadores que tras incorporarse a sus puestos de trabajos y han sido despedidos, (el Gobierno mantiene la obligación de mantener el empleo durante 6 meses desde la incorporación de los trabajadores en ERTE), se han encontrado que durante esos meses en ERTE no han generado derecho a paro, aunque en algunos casos puede solicitar otras ayudas como:

Pero, una cosa…

SI me descargo mi informe de vida laboral, me aparece como cotizados los días en los que he estado en ERTE, entonces como es posible que no tenga derecho a paro.

Aunque esos días aparezcan como cotizados, estos no generan derecho a paro, pero si cotizan para la jubilación.

Cobrar el ERTE es cobrar el paro y cuando se cobra el paro no se genera nuevas cotizaciones por desempleo.

Jubilación.

Los trabajadores que estén bajo un Expediente Regulador Temporal de Empleo seguirán cotizando, ya que la empresa los mantiene dados de alta a pesar de que en algunos casos estas están exoneradas de pagar la seguridad social de estos trabajadores y será el propio SEPE quien cotice por los trabajadores y lo hará aplicando a cada caso la base de cotización previa a pasar por esta situación de suspensión de empleo, cubriendo claro esta las mismas contingencias, entre ellas la de jubilación.

Es decir, los días que se está en ERTE figurarán como días trabajados por lo que entran en el cómputo para poder jubilarse con el 100% una vez se llegue a la edad legal de jubilación.

Cambios en las jubilaciones en 2021: ¿A qué edad podré jubilarme anticipadamente?

 Fuente: SEPE y Seguridad Social.

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