viernes 31 enero 2025
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Las novedades laborales que han entrado en vigor y suben los costes a empresas y autónomos

La aprobación del Real Decreto 2/2024. de 21 de mayo, trae consigo novedades laborales que suponen un sobrecoste tanto para negocios como para trabajadores autónomos

Tras publicarse en el Boletín Oficial del Estado (BOE) el Real Decreto 2 /2024, de 21 de mayo, han entrado en vigor importante novedades en materia laboral que van a suponer un sobrecoste para las empresas y trabajadores autónomos.

Principalmente, son dos medidas las que introduce dicha norma: la modificación del permiso de lactancia que permite disfrutar a los asalariados cuando son padres o madres hasta que su hijo cumplan nueve meses y que ahora es ampliable por otros tres meses y también poder acumularlo para disfrutarlo por jornadas completas.

Hasta ahora esta posibilidad de poder disfrutarlo de esta forma era posible si así lo recogía el convenio colectivo del sector, o bien mediante un acuerdo entre el empresario y el empleado.

De modo que, a partir de ahora, los trabajadores tendrán derecho a 14 días libres y remunerados, a los que hay que sumar los cuatro meses por nacimiento y cuidado del menor, en concepto de lactancia, hasta que los hijos cumplan nueve meses de vida. En estos casos, los negocios no podrán bonificar las cuotas de un sustituto, lo que podría suponer la pérdida de un trabajador en este tiempo.

No obstante, el Estatuto de los Trabajadores en el punto cuatro del artículo 37 aclara cómo debe proceder en el caso de que dos de los empleados adquieran el derecho a disfrutar del permiso de lactancia simultáneamente. “Podrá limitarse su ejercicio por razones fundadas y objetivas de funcionamiento de la empresa,
debidamente motivadas por escrito, debiendo en tal caso la empresa ofrecer un plan alternativo que asegure el disfrute de ambos”.

Hay una excepción más que recoge la normativa en el BOE, cuando ambos padres ejerzan su derecho a coger este permiso con la misma duración, el periodo de disfrute puede extenderse hasta un año, aunque sí se les permitiría a los autónomos y empresas rebajar proporcionalmente el sueldo desde el noveno mes hasta el año

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Empresas y autónomos tendrán que adaptar sus salarios a los convenios autonómicos y provinciales

Hablando de convenios, la siguiente novedad va en relación con los convenios colectivos, pues ahora los convenios colectivos, autonómicos y provinciales prevalecerán sobre los estatales, siempre y cuando estos ofrezcan mejores condiciones para los empleados.

En el caso de los convenios colectivos, esto puede suponer que tanto empresa como trabajadores autónomos que tengan empleados tengan que adaptar los salarios que pagan a sus empleados, según la tabla que recoja el convenio de su comunidad autónoma.

Es por ello que esta medida ha estado rodeada de polémica al descubrirse su aprobación en este Real Decreto, ya que el Gobierno no ha pactado ni con sindicatos ni con la patronal este cambio que podría aumentar de forma significativa los costes salariales de miles autónomos con empleados y de empresas que se verán obligados a actualizar los salarios de sus trabajadores.

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