sábado 1 febrero 2025
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La Seguridad Social elimina el requisito de estar inscrito como demandante de empleo para solicitar el Ingreso Mínimo Vital

La Seguridad Social  tras las denuncias presentadas por sindicatos  y solicitantes del Ingreso Mínimo Vital debido al gran atasco que lleva arrastrando desde que se abriera el plazo ha puesto en marcha varias medidas para agilizar los trámites.

Entre las medidas adoptadas se encuentra la eliminación como requisito para solicitar esta prestación el estar inscrito en las listas de los Servicios Públicos de Empleo, que pasará a ser una obligación posterior a la solicitud.

El Gobierno quiere seguir mejorando esta nueva prestación que lamentablemente no ha terminado de arrancar, pues desde que se abrió el plazo de solicitud el pasado 15 de junio apenas se han revisado 150.000 solicitudes de las más de 900.000 recibidas  y se han aprobado algo más de 90.000, eso si, contando con las cerca de 80.000 que la Seguridad Social convirtió de oficio a los beneficiarios de la ayuda por hijos.

Además el Gobierno ha aprobado también otras dos medidas que servirán para agilizar los trámites, como son la ampliación del plazo de 3 meses de silencio administrativo, una de las exigencias del Sindicato Unión General de Trabajadores (UGT), así como la ampliación del plazo de solicitud para que los beneficiarios puedan cobrarla a efectos desde el 1 de junio de 2020.

Aunque no todo este retraso se debe en la forma en la que se ha llevado a cabo todo el proceso de tramitación, o la falta de personal, también ha sido un punto clave las más de 100.000 solicitudes que se han presentado faltando documentación o  las 31.000 solicitudes que han sido canceladas por estar duplicadas. El propio ministerio afirmó que había un caso de una persona que había realizado decenas de solicitudes.

Estos son los errores más habituales y que debes evitar a la hora de solicitar el Ingreso Mínimo Vital

 

 

 

 

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