La Seguridad Social ha informado sobre el proceso y momento preciso en el que se puede solicitar la prestación de nacimiento y cuidado del menor, la ayuda económica que reciben los trabajadores durante su permiso de maternidad o paternidad.
Este permiso que incluye el cobro de una prestación, está recogido en el Estatuto de los Trabajadores en su artículo 48.4:
Al suspenderse el contrato durante ese periodo los trabajadores no cobran su nómina, sino una prestación de la Seguridad Social, la cual ha de solicitarse una vez que el Registro Civil haya comunicado la inscripción del nacimiento del recién nacido, tal y como han comunicado en sus redes sociales.
Comunicación mediante SMS
Una de las facilidades que la Seguridad Social ha puesto en marcha para simplificar este proceso es la notificación por SMS. Una vez que el Registro Civil ha registrado oficialmente el nacimiento y ha comunicado la información al INSS, la Seguridad Social envía un mensaje de texto a los progenitores para informarles de que ya pueden iniciar la solicitud. Esta medida busca que los padres puedan realizar el trámite de manera rápida y sencilla desde la comodidad de su hogar, sin la necesidad de desplazarse a una oficina.
Trámite totalmente digital
El proceso de solicitud de la prestación de nacimiento y cuidado de menor se puede hacer de forma completamente digital, tal y como explicamos en esta guía paso a paso para solicitar la prestación por maternidad o paternidad.
Para solicitar la prestación, es necesario que el progenitor o la progenitora estén registrados en la Seguridad Social y que cuenten con un mínimo de días cotizados, dependiendo de su edad.
Es importante recordar que este trámite no puede iniciarse hasta que la inscripción haya sido confirmada. Por lo tanto, la notificación del Registro Civil es un paso imprescindible para acceder a la prestación.
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