Una agente de la Guardia Civil destinada en Huelva ha conseguido una sentencia histórica que le permite reducir su jornada laboral un 99% para poder cuidar de su hijo con enfermedad grave. El fallo, emitido por el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA), reconoce su derecho a la conciliación familiar tras más de tres años de batalla judicial.
La agente había solicitado esta reducción al amparo del artículo 49.e del Estatuto Básico del Empleado Público, que permite ajustar la jornada para atender a hijos con enfermedades graves. Sin embargo, la Dirección General de la Guardia Civil solo le concedió el 50%, al entender que era una medida suficiente. Ante esta negativa, la agente decidió acudir a los tribunales.
Primero lo hizo ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Huelva, que le dio la razón. Pero la Administración recurrió la sentencia, y el caso acabó en el TSJA. Ahora, el tribunal andaluz ha confirmado que la reducción del 50% era claramente insuficiente para garantizar la atención continua que requiere su hijo, por lo que ordena ampliarla hasta el 99% de la jornada, lo que equivale a un 1% de actividad laboral efectiva.
Según explica la Asociación Unificada de Guardias Civiles (AUGC), que ha acompañado a la agente durante todo el proceso, esta resolución supone un precedente importante dentro del cuerpo, donde las medidas de conciliación familiar suelen ser más restrictivas que en otras administraciones públicas. La AUGC ha celebrado el fallo, calificándolo de “sentencia pionera” y destacando el esfuerzo y la constancia de la agente para lograr que se reconozcan sus derechos.
“Este caso demuestra que la conciliación familiar en la Guardia Civil sigue siendo una asignatura pendiente, especialmente cuando se trata de atender a menores con necesidades especiales”, señala la AUGC.
Una sentencia que refuerza el derecho a la conciliación
El TSJA subraya que el grado de reducción de jornada debe estar directamente relacionado con la intensidad de los cuidados necesarios, así como con la imposibilidad de delegarlos en terceros. En este caso, el tribunal ha considerado probado que el menor requiere atención continua y personalizada, por lo que mantener a la madre en servicio la mitad del tiempo supondría una carga incompatible con las necesidades del menor.
La resolución no solo beneficia a esta agente, sino que puede servir como referencia para otros funcionarios y empleados públicos en situaciones similares, especialmente cuando los horarios son más estrictos y hay poca posibilidad de adaptación y la conciliación resulta más difícil.
Desde la AUGC insisten en que “aunque esta sentencia no sienta jurisprudencia, marca un camino hacia un reconocimiento más justo de las responsabilidades familiares dentro de la Guardia Civil”.

