Para poder jubilarse en España es necesario tener al menos 15 años cotizados y lógicamente cumplir la edad ordinaria de jubilación, que en 2026 se sitúa en 66 años y 10 meses. Aunque es posible hacerlo con 65 años si se ha cotizado 38 años y 3 meses. Ahora bien, la cuantía a cobrar depende de dos factores la base de cotización y los años cotizados y en relación con esto, el funcionario de la Seguridad Social, Alfonso Muñoz Cuenca ha aclarado que no por cotizar más años vas a cobrar más.
Hay trabajadores que a la hora de jubilarse llegan con más de 40 años cotizados y se preguntan si con tantos años contribuyendo al sistema podrán acceder a una pensión de jubilación mayor, es decir, si hay acceso a los incentivos que el Gobierno ofrece por retrasar voluntariamente la edad de jubilación.
Haber trabajado y cotizado durante 40, 45 o incluso 48 años no permite cobrar un porcentaje mayor de la base reguladora que otro trabajador que haya alcanzado justo los años necesarios para llegar al 100%. Una vez reconocido el porcentaje máximo, seguir acumulando años cotizados no permite superar ese límite en el cálculo ordinario de la pensión de jubilación.
Así lo ha explicado Alfonso Muñoz Cuenca
funcionario de la Seguridad Social, al abordar una de las dudas más frecuentes entre los trabajadores. Quienes acumulan carreras laborales especialmente largas suelen pensar que todos esos años adicionales se traducirán en un porcentaje mayor cuando llegue el momento de jubilarse.
Sin embargo, el sistema establece un límite. Un trabajador puede haber cotizado 40, 45 o 48 años y tener reconocido el mismo porcentaje de la base reguladora que otra persona que acaba de alcanzar el periodo necesario para llegar al 100%. No existe un porcentaje ordinario del 105%, del 110% o del 120% por haber trabajado más años.
Con 15 años cotizados solo corresponde el 50% de la base reguladora
Para entender por qué ocurre esto hay que partir del periodo mínimo exigido para acceder a una pensión contributiva de jubilación. El trabajador debe acreditar al menos 15 años cotizados a lo largo de su vida laboral y, con carácter general, dos de ellos deben encontrarse dentro de los 15 años anteriores al momento de causar el derecho.
Pero cumplir ese mínimo no significa cobrar el 100% de la base reguladora. Muñoz Cuenca señala que esta es una de las confusiones más habituales entre los trabajadores que intentan calcular cuánto podrían recibir cuando llegue su jubilación.
Con 15 años cotizados corresponde únicamente el 50% de la base reguladora. A partir de ese momento, el porcentaje aumenta progresivamente conforme se acumulan nuevos meses de cotización hasta alcanzar el máximo establecido.
La clave está en diferenciar la base reguladora del porcentaje que se aplica sobre ella. La base reguladora es la cantidad de referencia utilizada para calcular la pensión y se obtiene a partir de las bases de cotización del trabajador conforme a las reglas establecidas legalmente. Después, sobre esa cifra se aplica el porcentaje correspondiente según el tiempo total cotizado.
Una base reguladora de 1.800 euros puede terminar en una pensión de 900 euros
Para explicar cómo funciona el cálculo, el funcionario utiliza el ejemplo de un trabajador con una base reguladora de 1.800 euros mensuales.
Si esa persona únicamente ha cotizado durante 15 años, tendrá derecho al 50% de la base reguladora. En ese caso, la pensión resultante sería de 900 euros mensuales. Tener una base reguladora de 1.800 euros no significa necesariamente que esa sea la cantidad que se vaya a cobrar de pensión.
Conforme aumentan los años cotizados, también crece el porcentaje reconocido. La cantidad resultante se acerca progresivamente al total de la base reguladora hasta alcanzar el 100%.
Es precisamente al llegar a ese máximo cuando aparece la situación que sorprende a quienes han trabajado durante cuatro décadas o más. Seguir acumulando años de cotización ya no permite aumentar el porcentaje ordinario aplicado sobre la base reguladora.
Qué ocurre si has cotizado 40, 45 o incluso 48 años
Muñoz Cuenca plantea entonces la cuestión que afecta a los trabajadores con las carreras laborales más largas. ¿Qué ocurre si, en lugar de haber alcanzado justo los años necesarios para llegar al 100%, una persona termina su vida laboral con 40, 45 o incluso 48 años cotizados?
«La respuesta es no, al menos desde el punto de vista del porcentaje aplicable», explica el funcionario sobre la posibilidad de cobrar un porcentaje superior.
Actualmente, para poder cobrar ese 100% de la base reguladora hay que tener cotizados 36 años y medio, aunque a partir de 2027, serán 37 años. Con 40 años cotizados corresponderá también el 100%. Con 45 años, el mismo porcentaje. Incluso con 48 años cotizados, seguirá siendo el 100%.
Esto significa que un trabajador que llegue justo al periodo necesario para alcanzar el porcentaje máximo puede tener reconocido exactamente el mismo porcentaje que otra persona que haya acumulado ocho, diez o más años adicionales de cotización.
«Esto suele sorprender a muchos trabajadores porque instintivamente piensan que cuantos más años han cotizado y más años han trabajado, mayor debería ser su pensión», señala Muñoz Cuenca.
El propio funcionario explica esta situación comparando a dos trabajadores que se jubilan con carreras laborales muy diferentes. Uno puede haber alcanzado los años necesarios para obtener el 100% y otro haber cotizado durante 45 años. Desde el punto de vista del porcentaje aplicado sobre la base reguladora, ambos tendrán reconocido el mismo 100%.
Es más ya en otro vídeo Muñoz señala que incluso un trabajador con largas carreras decide jubilarse anticipadamente tendrá que hacer frente a los coeficientes reductores, a pesar de que en muchos casos haya aportado más al sistema que otro trabajador que espera a cumplir la edad de jubilación.
Cobrar el mismo porcentaje no significa recibir la misma pensión
Ahora bien, que dos trabajadores tengan reconocido el 100% de la base reguladora no significa que vayan a cobrar la misma cantidad de dinero cada mes.
La cuantía dependerá de la base reguladora que tenga cada persona. Un trabajador con una base reguladora de 1.500 euros y otro con una de 2.500 euros pueden tener derecho al mismo porcentaje del 100%, pero el importe de sus pensiones será diferente.
Los años cotizados determinan qué porcentaje de la base reguladora corresponde, pero no son el único elemento que decide cuánto dinero se cobrará de pensión. Las bases por las que se ha cotizado durante la vida laboral también tienen un peso fundamental en el resultado final.
Además, esta situación debe diferenciarse de la jubilación demorada. Los trabajadores que continúan en activo más allá de su edad ordinaria de jubilación pueden acceder, si cumplen los requisitos establecidos, a los incentivos previstos legalmente. Se trata de un mecanismo distinto al porcentaje reconocido por los años cotizados.

