Estos son los cambios en la jubilación que llegan en abril

Desde abril de 2025, la Seguridad Social introduce cambios en la jubilación parcial, activa y demorada para mejorar su compatibilidad con el trabajo.

A partir del 1 de abril de 2025, la Seguridad Social implementarÔ las nuevas modificaciones que afectan a la jubilación aprobada en el Real Decreto-ley 11/2024. Concretamente, estas nuevas medidas impulsadas por el Gobierno y el Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones, buscan mejorar la compatibilidad entre el cobro de la pensión y la actividad laboral, así como facilitar el acceso a la jubilación en determinadas circunstancias.

Las reformas afectan a tres tipos de jubilación: parcial, activa y demorada. A continuación, explicamos en qué consisten estos cambios y cómo impactarÔn a los pensionistas y trabajadores.

Jubilación parcial: mÔs flexibilidad y nuevos requisitos

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La jubilación parcial permite a los trabajadores reducir su jornada laboral mientras cobran parte de su pensión. Los cambios que entran en vigor en abril afectan tanto a la jubilación parcial con contrato de relevo como a la que se accede sin este contrato.

Principales modificaciones:

  • Acceso anticipado: Se podrĆ” acceder a la jubilación parcial con contrato de relevo hasta tres aƱos antes de la edad ordinaria de jubilación.
  • Reducción de jornada: Quienes anticipen su jubilación mĆ”s de dos aƱos podrĆ”n reducir su jornada entre un 20% y un 30% durante el primer aƱo.

Condiciones del contrato de relevo:

  • Los trabajadores que cubran las horas del jubilado parcial podrĆ”n ser fijos discontinuos.
  • Su contrato deberĆ” ser indefinido y a tiempo completo.
  • La empresa deberĆ” mantener su contrato al menos dos aƱos tras finalizar la jubilación parcial del empleado sustituido.

Jubilación parcial sin contrato de relevo

Quienes ya hayan alcanzado la edad ordinaria de jubilación podrÔn acceder a esta modalidad con una reducción de jornada de entre el 25% y el 75% (antes el mÔximo era del 50%).

Jubilación activa: compatibilizar pensión y empleo serÔ mÔs fÔcil

La jubilación activa permite a los pensionistas seguir trabajando mientras perciben parte de su pensión. A partir de abril de 2025, se eliminan algunos requisitos y se amplían los beneficios de esta modalidad.

Cambios en la jubilación activa:

  • Se elimina el requisito de carrera de cotización completa:Ā Hasta ahora, era obligatorio haber cotizado toda la vida laboral para acceder a esta opción. Desde abril, este requisito desaparece.
  • Compatibilidad con los incentivos de jubilación demorada: Ahora se podrĆ”n combinar ambos beneficios.
  • Aumento progresivo del porcentaje de pensión que se puede cobrar mientras se trabaja:
    • 1 aƱo de jubilación activa: hasta el 45% de la pensión.
    • 2 aƱos: hasta el 55%.
    • 3 aƱos: hasta el 65%.
    • 4 aƱos: hasta el 80%.
    • 5 aƱos: posibilidad de compatibilizar el 100% de la pensión con el empleo.

Jubilación demorada: mÔs incentivos, pero con nuevos requisitos

La jubilación demorada, una opción para quienes quieren seguir trabajando a cambio de recibir incentivos económicos adicionales.  Sin embargo, con la reforma de abril, se establecen nuevas condiciones para acceder a estos beneficios.

Novedades en la jubilación demorada:

Para recibir incentivos por retrasar la jubilación mÔs de dos años, serÔ necesario haber cotizado al menos seis meses dentro de ese período.

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